Rodrigo Valenzuela, abordó desafíos de la Tributación Minera

En Seminario de Actualización en Derecho Minero, organizado por la Universidad de Atacama, el 29 de agosto recién pasado, el abogado R. Valenzuela C. señaló cuales son los desafíos de la Tributación Minera para los próximos años. Las siguientes son algunas ideas de dicha exposición, de acuerdo a nuestras fuentes en el evento.

Valenzuela señaló que la discusión sobre el tema no ha sido técnica, sino que más bien emocional e ideológica, por lo que se auguran cambios en el futuro, pues no existe acuerdo político ni técnico consolidado sobre si la actividad minera debe tener un régimen especial favorable o más gravoso.

Precisó que la tributación de la actividad minera había sido alterada en tres ocasiones en los últimos cinco años, en lo referido a la depreciación, al caso disputada y ahora con el impuesto específico, lo que señalaba era un pésimo «record» en esta materia.

Analizó los desafios que, lo que denominó «discrecionalidad administrativa» del Servicio de Impuestos Internos, plantea a los contribuyentes, lo que ejemplificó con la confusión de los términos elusión, evasión, fraude e inmoralidad en que habría incurrido la autoridad.

Otro ejemplo de esta discrecionalidad, esta representado en su opinión, por la que denominó «Ley Disputada», refiriéndose al caso en que un contribuyente decidió enajenar una sociedad en el extranjero, lo cual no era «hecho gravado» y el poder ejecutivo detuvo la negociación, pues tenía los medios para hacerlo y luego, una vez aprobada una ley que estableció esa venta como hecho gravado, «soltó la operación», dejándola afecta a impuestos. Valenzuela recalcó que las leyes son para cumplirlas, nos gusten o no, y por lo tanto no pueden ser modificadas a través de actuaciones administrativas. Ello produce inseguridad en la actividad económica.

En relación a los que denominó, «precios de transferencia», aludió a la discrecionalidad del Director Regional sobre el tema, remarcando que las interrogantes que plantean éstos se refieren a quien y como debe probarse que los precios son de mercado.

Finalmente, señaló que la ley de plataforma, que crea las sociedades de inversión en el exterior, eran poco atractivas para el inversionista extranjero e inútiles para el objetivo declarado en su oportunidad por el legislador.

Finalmente, llamó a la primacía de los criterios técnicos en el análisis de estas materias considerando siempre nuestra inserción y competitividad internacional.

Nota: Rodrigo Valenzuela C. es abogado y socio de Ernst and Young, Auditora internacional.

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