Corte de Apelaciones 1

Bancos logran aplazar por un año norma que obliga a informar transacciones de clientes
Impuestos Internos no pudo levantar una medida judicial que en diciembre paralizó la aplicación de su nueva normativa. A través de la Circular 120, el servicio busca obtener más información para combatir espacios de evasión tributaria.

Una victoria transitoria se adjudicaron ayer los bancos frente al Servicio de Impuestos Internos (SII) al postergar por un año la entrada en vigencia de la Circular 120, mediante la cual la autoridad tributaria obliga al sistema financiero a informarle sobre todas las transacciones superiores a US$ 10 mil (unos $ 5,3 millones) realizadas por sus clientes desde o hacia el exterior.

El revés sufrido por el SII se produjo luego de que la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dejara pendiente la vista de una apelación presentada por la entidad tributaria contra una medida precautoria dictada en diciembre por el 21° Juzgado Civil de Santiago y que suspendió la vigencia de la circular.

La Circular 120 indica que los bancos deben proporcionar al SII, antes del 15 de marzo, toda la información referida a las transacciones realizadas el año pasado por sus clientes con el exterior. De esta forma, el SII intentaba obtener más información para incorporarla a la base de datos de la Operación Renta 2006, de manera de verificar la información tributaria entregada por algunos contribuyentes y disminuir así la evasión.

Sin embargo, en su intento la autoridad tributaria se topó con el tenaz rechazo de la banca, que consideró que esta medida administrativa atropellaba el secreto bancario contemplado en las leyes del sector.

Pendiente hasta 2007

El abogado de los bancos, Raúl Tavolari, explicó ayer que al ser postergada la vista de la apelación del SII, este organismo ya no logró revertir para este año la orden de paralización que existía sobre la Circular 120, considerando que exigía que la información fuese entregada al SII hasta el día de ayer. De esta forma, agregó el jurista, en el peor de los casos la circular podría regir recién a contar del próximo año.

La noticia fue recibida con satisfacción por la Asociación de Bancos, señalaron fuentes del sector, entidad en la que sostienen que la información que pretende obtener el Servicio de Impuestos Internos sólo puede ser proporcionada a través de un cambio legal y no mediante un mero trámite administrativo, como lo es una circular.

De hecho, Tavolari sostuvo que la defensa de los bancos confía en que finalmente se anule la controvertida circular, por cuanto el SII no tendría atribuciones para sobrepasar, a través de una circular, el artículo 154 de la Ley de Bancos que otorga carácter secreto a los depósitos bancarios (salvo que la justicia dicte lo contrario en casos específicos) y artículo primero de la Ley de Cuentas Corrientes, que determina que los movimientos de estas cuentas son «estrictamente reservados».

Consultados sobre la decisión en tribunales, en el SII no quisieron referirse a la situación judicial que enfrenta la Circular 120. Sin embargo, en tribunales se indicó que los abogados de esta entidad intentaron hasta última hora que la Novena Sala viera la apelación, ante la inminente postergación de la medida hasta el próximo año.

La circular 120 fue dictada el 31 de diciembre de 2004 por el SII en la administración liderada por Juan Toro. Actualmente, la entidad está a la espera de que el nuevo gobierno anuncie en los próximos días quién asumirá la dirección de la entidad.
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Diario La Tercera (15-03-2006)
SII exige al sistema financiero informar todas las operaciones desde y hacia el exterior por más de US$ 10 mil

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