Tribunal Constitucional termina con delegación tributaria

Establece que para las empresas no será obligatorio consignar fondos para apelar a dictámenes de la Dirección del Trabajo.

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Dos fallos que sientan un importante precedente en el ámbito económico y laboral dictó el Tribunal Constitucional.

El primero de ellos señala que los directores regionales del Servicio de Impuestos Internos (SII) no podrán delegar sus facultades jurisdiccionales en funcionarios de su dependencia.

En tanto, que el segundo declaró inconstitucional una disposición que obligaba a las empresas a consignar una suma de dinero para poder recurrir ante la justicia ante un fallo dictado por la Dirección del Trabajo.

En el primero, la sentencia del Tribunal Constitucional declaró inaplicable el artículo 116 del Código Tributario que permitía a los directores regionales del SII a delegar facultades en funcionarios que están bajo su mando.

El voto de mayoría y en el que sólo se pronunció en contra el ministro Correa Sutil, estimó que dicho precepto violaba, entre otros aspectos, el principio de legalidad consagrado en la Constitución.

Si bien con anterioridad ya se había pronunciado en sentido semejante la Corte Suprema, este es el primer dictamen sobre esta polémica disposición que dicta el Tribunal Constitucional, lo que abre el camino para la derogación de dicha norma.

En la otra sentencia que recayó sobre el proyecto de ley que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el Tribunal estimó inconstitucional la disposición contenida en el inciso tercero del artículo 183-I, que obligaba a una «previa consignación de la tercera parte de la multa aplicada» a quienes reclamaran ante la Corte de Apelaciones respectiva de la sanción aplicada por la Dirección del Trabajo.

La sentencia señala que estas cifras consignadas podrían «llegar a cantidades cuya cuantía, en la práctica, entraben más allá de lo razonable el derecho de acceso a la justicia, al restringir tan severamente la posibilidad de reclamar ante un tribunal de la multa impuesta por la autoridad administrativa».

Así, a juicio de la unanimidad de los integrantes del Tribunal Constitucional chileno, dicha norma resultaría contraria a la protección del derecho a «defensa jurídica».
El Mercurio
Viernes 1 de septiembre de 2006

Impuestos Internos
TC: directores del SII no podrán delegar

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