Fiscalización de Infracapitalización a los beneficiados con rebaja de Timbres

La suspensión transitoria del gravamen en 2009 generó renegociación de créditos en el extranjero
SII revisará exceso de deuda de empresas que accedieron a rebaja de Timbres y Estampillas
José Carlos Prado

Las empresas que aprovecharon la rebaja transitoria del Impuesto de Timbres y Estampillas (TyE) que se aplicó durante todo 2009 para obtener créditos , tendrán que estar atentas a la inminente revisión que iniciará el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Según reveló a DF el director de la entidad fiscalizadora, Julio Pereira, durante el período en que dicho gravamen estuvo en 0%, se verificó una serie de reestructuraciones de financiamiento de créditos, donde se cambiaron plazos, tasas y, en general, condiciones, especialmente, de los préstamos otorgados del exterior y aquellos relevantes con la banca nacional. Esta práctica -agrega- se detectó fundamentalmente en las grandes empresas, las cuales utilizaron el beneficio para acceder a créditos con partes relacionadas por un mediano o largo plazo.

Tasa del 35%

Por ello, adelanta que «es interesante vincular los créditos que utilizan las grandes empresas para financiar sus proyectos, particularmente aquellas que son filiales, subsidiarias, entre otras, de conglomerados internacionales con las normas sobre exceso de endeudamiento contempladas en el artículo 59 de la Ley de la Renta».

Así, el texto legal señala que si se trata de empresas relacionadas, la extranjera con la chilena, y el monto del crédito es más de tres veces el patrimonio de la empresa chilena, se gravan los intereses del monto de ese crédito en exceso con una carga total del 35%. Al respecto, la autoridad sostiene que «es muy importante estudiar en forma detallada las normas relacionadas con el patrimonio de las empresas operativas que se han visto capitalizadas por holdings que, a su vez, han obtenido créditos del exterior que se benefician con el 4%. Ahí hay un tema que el servicio está analizando», advierte.

Para implementar esta revisión, el departamento de fiscalización junto a la Dirección de Grandes Contribuyentes analizarán los movimientos financieros que se realizaron mientras duró la rebaja de Timbres y Estampillas, aunque todo este proceso será sin perjuicio de los tratados de doble tributación vigentes firmados con entidades acreedoras domiciliadas en dichos estados contratantes.

Pereira explica que hubo «una gran ventaja» por parte de las empresas que, al haber quedado exentas con el 0% del impuesto de Timbres y Estampillas durante el año pasado, renegociaron o repactaron un crédito. Frente a este escenario, plantea que el análisis que hará ahora el SII, se va a concentrar en dichas normas contenidas en la Ley de la Renta y, en particular, «en el cálculo del patrimonio y las rebajas que se deben hacer a éste vinculadas con la determinación del exceso de endeudamiento. Ello, nos podría llevar a la aplicación del impuesto del 31% sobre el exceso de endeudamiento, el cual se suma al 4% de retención».
Lunes 07 de junio de 2010, 5:00 AM Economía
la suspensión transitoria del gravamen en 2009 generó renegociación de créditos en el extranjero
SII revisará exceso de deuda de empresas que accedieron a rebaja de Timbres y Estampillas
José Carlos Prado

Las empresas que aprovecharon la rebaja transitoria del Impuesto de Timbres y Estampillas (TyE) que se aplicó durante todo 2009 para obtener créditos , tendrán que estar atentas a la inminente revisión que iniciará el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Según reveló a DF el director de la entidad fiscalizadora, Julio Pereira, durante el período en que dicho gravamen estuvo en 0%, se verificó una serie de reestructuraciones de financiamiento de créditos, donde se cambiaron plazos, tasas y, en general, condiciones, especialmente, de los préstamos otorgados del exterior y aquellos relevantes con la banca nacional. Esta práctica -agrega- se detectó fundamentalmente en las grandes empresas, las cuales utilizaron el beneficio para acceder a créditos con partes relacionadas por un mediano o largo plazo.

Tasa del 35%

Por ello, adelanta que «es interesante vincular los créditos que utilizan las grandes empresas para financiar sus proyectos, particularmente aquellas que son filiales, subsidiarias, entre otras, de conglomerados internacionales con las normas sobre exceso de endeudamiento contempladas en el artículo 59 de la Ley de la Renta».

Así, el texto legal señala que si se trata de empresas relacionadas, la extranjera con la chilena, y el monto del crédito es más de tres veces el patrimonio de la empresa chilena, se gravan los intereses del monto de ese crédito en exceso con una carga total del 35%. Al respecto, la autoridad sostiene que «es muy importante estudiar en forma detallada las normas relacionadas con el patrimonio de las empresas operativas que se han visto capitalizadas por holdings que, a su vez, han obtenido créditos del exterior que se benefician con el 4%. Ahí hay un tema que el servicio está analizando», advierte.

Para implementar esta revisión, el departamento de fiscalización junto a la Dirección de Grandes Contribuyentes analizarán los movimientos financieros que se realizaron mientras duró la rebaja de Timbres y Estampillas, aunque todo este proceso será sin perjuicio de los tratados de doble tributación vigentes firmados con entidades acreedoras domiciliadas en dichos estados contratantes.

Pereira explica que hubo «una gran ventaja» por parte de las empresas que, al haber quedado exentas con el 0% del impuesto de Timbres y Estampillas durante el año pasado, renegociaron o repactaron un crédito. Frente a este escenario, plantea que el análisis que hará ahora el SII, se va a concentrar en dichas normas contenidas en la Ley de la Renta y, en particular, «en el cálculo del patrimonio y las rebajas que se deben hacer a éste vinculadas con la determinación del exceso de endeudamiento. Ello, nos podría llevar a la aplicación del impuesto del 31% sobre el exceso de endeudamiento, el cual se suma al 4% de retención».
Diario Financiero, 7 de junio de 2010.

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