ESCOBAR SE REFIERE A CAMBIOS LEGALES EN LA REFORMA

ESCOBAR SE REFIERE A CAMBIOS LEGALES EN LA REFORMA

Ricardo Escobar Ex director SII

Ricardo Escobar
Ex director SII

Yendo a la herramienta y en el marco que estableció el ministro para posibles cambios legales a Reforma Tributaria, ¿qué es lo indispensable que se debe modificar de ella para que funcione?

Algo que lamentablemente por tozudez política se mantuvo, que es el sistema de renta atribuida, que supone un ejercicio de preparación e interrelación de datos entre millones de contribuyentes que debe resultar perfecto para que funcione. Cualquier error se traduce automáticamente en un efecto en cadena, error en miles de personas aguas arriba, hasta que se llega al contribuyente final. Nunca entendí cómo concibieron esto cuando en otros países se utiliza sólo para empresas formadas por personas naturales. En ese caso los dueños reciben la información de su propia empresa y la declaran en su renta, pero acá se está pretendiendo que las personas naturales residentes en Chile o los extranjeros fuera de Chile reconozcan en su declaración de impuestos las rentas producidas por docenas de empresas aguas abajo, la mayor parte de las cuales pueden no ser dueños.

¿Eso lo hace impracticable?

Así es. El sistema de renta atribuida es impracticable, por lo tanto definitivamente debe cambiarse y dejarlo sólo para aquellas personas naturales donde probadamente sabemos que funciona. Con eso se simplifica el grueso de todos los problemas de la reforma, porque cuando además se combina con el régimen semi integrado, se le añade al sistema una complejidad que es inmanejable. Si al final esto lo tenemos que aplicar chilenos, contadores y contribuyentes normales, no contamos con un ejército de auditores con PhD en Holanda. Siempre he pensado que las normas deben diseñarse para que las pueda aplicar el contador de Talca, que es el profesional promedio del país.

Pero el beneficio de la renta atribuida es que se paga una tasa menor de impuesto.

Insisto, lo único viable en términos de simplificar es, punto uno, eliminar el sistema de renta atribuida como una opción, y dos, restringirlo a como lo ocupan otros países. Y por cierto, no veo como lo puedan arreglar vía circulares, debe ser un cambio legal obviamente.

A diferencia suya, el ex director del SII Michel Jorratt plantea ahora que se debe dejar sólo la renta atribuida y terminar con el semi integrado…

La renta atribuida podría funcionar en un escritorio, en un laboratorio, porque no admite nada que no sea perfecto, porque cualquier error produce una bomba de racimo, entonces no funciona en la realidad. Así de fácil.

¿Pero sí o sí se requieren cambios legales?

Sí. No me imagino un escenario en que Impuestos Internos sea tan creativo que de algún modo resuelva la infinidad de complejidades que se producen con el modelo que se aprobó el año pasado.

¿Qué otras modificaciones son necesarias hacerle a la reforma?

La renta atribuida es la única cosa de verdad esencial. Hay otra larga lista de temas que requieren mejoras técnicas, porque hay imprecisiones que si no se arreglan, Impuestos Internos va a estar en una labor imposible a la hora de interpretar ciertas normas. Hay fórmulas no bien resueltas, como la del cálculo de créditos por inversiones en el extranjero, la de las rentas pasivas en el exterior. Otra área que veo como esencial de mejorar, pero por una razón distinta, es la de las normas antiabuso, por la manera en que quedaron escritas. Tienen incoherencias, parecen haber sido escritas con dos plumas distintas donde el primer inciso dice vaya a la derecha; el segundo, puede ir a la izquierda; y el siguiente señala que si va a la izquierda y quiere volver a la derecha está prohibido. No se entiende.

¿Para ello bastan las circulares o también requiere vía legal?

Es cambio legal porque la ley tiene contradicciones. Si no se soluciona esta norma va a ser una fuente de lo que precisamente se quiere evitar. Va a provocar incertidumbre en los contribuyentes que tienden a portarse bien y que necesitan reglas claras, y les va a dar un ámbito de protección a los más agresivos, por la pobreza técnica con la que terminaron siendo escritas como consecuencia de la negociación de último minuto.

¿Era necesario incorporar en la Reforma Tributaria una amnistía para declarar capitales que están en el extranjero?

Estas normas se han aplicado en otros países y Chile ha utilizado el estándar más alto que se recomienda. En ese sentido está bien inspirado, aunque creo que tiene algunas imperfecciones que introducen elementos de incertidumbre bastante altos y que hacen que la gente esté dudosa de acogerse o no al sistema.

¿Cómo cuáles?

Uno de ellos es la obligación de demostrar la trazabilidad de los ingresos, porque no tiene un límite claro, y hay gente que podrá demostrar ingresos por los últimos 6 o 7 años, pero muchas veces el origen de ese dinero pudo haber sido hace 30 años y esos archivos no están. Entonces, ¿cómo se hace para cumplir con ese requisito? La norma no lo tiene resuelto.

¿Debería el SII aclarar o colocar un límite a la trazabilidad entonces?

Las instrucciones de Impuestos Internos son muy exigentes y la pregunta del contribuyente es si entra o no al régimen de amnistía cuando no tiene los papeles para justificar toda la historia. Si entra y después de 12 meses el SII le dice que no cumplió el requisito, la persona pagó el impuesto de 8% -que no se devuelve-, queda expuesta a pagar el Global Complementario completo, todas las multas, los intereses, y si alguna de esas cosas pudo haber constituido un delito, el SII hasta se puede querellar.

¿Se podrían aclarar con otra circular?

Es preferible que sea resuelto por una ley. Esto es de los ripios que quedaron en la reforma y hay docenas de ejemplos de éstos.

Debido a esta incertidumbre que menciona, ¿sería adecuado ampliar el plazo para las declaraciones, considerando que sólo se han presentado 50 en el primer semestre?

La experiencia española indica que ellos se dieron seis meses y en los primeros cinco prácticamente no pasó nada, y en los últimos 15 días entraron 30 mil declaraciones y colapsó el sistema. En Italia pasó exactamente lo mismo. Mientras haya elementos de incertidumbre la gente se demora en tomar la decisión; si es que los chilenos se parecen a los españoles o italianos, uno puede predecir que en diciembre va a haber un colapso en el sistema, porque vamos a tener a miles de chilenos llegando con declaraciones de último minuto.

¿Eso significa que vale o no la pena extender el plazo?

Si es que van a extender el plazo y no se aclaran las incertidumbres, el colapso va a estar en el otro plazo, porque el problema tiene que ver con el nivel de certeza, no con el plazo. Si hubiese certeza, hoy habría muchas más declaraciones entrando, no me cabe ninguna duda.

Fuente: Pulso (extracto). 13 de julio de 2015. Por M. Leiva y O. Bustamante.

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