Actualmente Navegando: Impuesto de Herencias

CUESTIONAN IMPUESTO DE HERENCIAS

El tema complica a las pequeñas y medianas empresas.

Fundación de Ricardo Claro redistribuye sus activos

Juan Antonio Álvarez, gerente general de la Sudamericana de Vapores, envió el hecho esencial a la Superintendencia de Valores y Seguros: «(…) a) Con fecha 15 de marzo de 2010, la Fundación Educacional Internacional Claro Vial, a través de su filial, donó 7.999.800 acciones de la sociedad Productos Agrícolas La Esmeralda S.A. a la Fundación Educacional Emejota y Jotace (…). b) Con igual fecha, la Fundación Internacional, a través de su filial, donó 7.919.802 acciones Serie B de la sociedad Productos Agrícolas Pucalán S.A. a la Fundación Educacional Claro Vial (…) c) Estas donaciones permiten radicar en las dos fundaciones chilenas de beneficencia (…) la totalidad de los derechos económicos de que era titular la Fundación Internacional, los que serán destinados íntegramente a la beneficencia en materias educacionales y docentes (…)». Extracto de El Mercurio, 17 de marzo de 2007. Para otras noticias sobre esta Fundación, véase el tema «Herencias» y «Ricardo...

Herencias: Otro caso para el SII.

Villarrica: Murió Carlos Spiess, víctima de una millonaria estafa en 2003 Agricultor dejó una herencia de US$ 12 millones. Hace seis años su ejecutiva bancaria intentó quedarse con sus bienes. IVÁN FREDES TEMUCO.- Víctima de una falla orgánica multisistémica, producto de su avanzada edad, murió ayer en Villarrica el agricultor Carlos Spiess (96), quien hace seis años fue víctima de una millonaria estafa disfrazada de donación de sus bienes por parte de la ex ejecutiva bancaria Luz Ojeda Campos. El 5 de marzo de 2006 había fallecido su esposa Berta Castillo (89). A Spiess le sobrevive su sobrino Carlos, entre otros, quien fue el que impulsó el enjuiciamiento de Ojeda. En 2003, la mujer obtuvo del matrimonio Spiess-Castillo poderes notariales para administrar su patrimonio y luego la donación de todos sus bienes Éstos consisten en 2 mil hectáreas de terrenos situadas en el lago Huillipillún, y al menos tres amplias propiedades urbanas en Villarica y Temuco, todo avaluado en unos US$ 12 millones. A ello se sumó el hurto de US$ 330 mil que Spiess tenía en bancos en el exterior. Luz Ojeda fue condenada a siete años de prisión por estafa. En su defensa argumentó que el matrimonio Spiess-Castillo le había donado sus propiedades porque la consideraban como una hija. Hoy está en libertad condicional, pero el agricultor recuperó todos sus bienes. Spiess hizo su fortuna a comienzos del siglo XX en las oficinas salitreras, con una flota de automóviles Ford T que trasladaba a ejecutivos. Se desconoce a quién heredó su fortuna. Sus restos serán sepultados a las 16 horas de hoy en el cementerio Parque del Jardín de Villarrica. El Mercurio 18 de noviembre de...

Herencias: MEO si tiene propuestas.

Señor Director: El impuesto a la herencia pagado por la sucesión de Anacleto Angelini de US$325 millones ha puesto al tapete el tema respecto de lo masivamente que ha sido eludido. Esta elusión se evidencia en el recuadro que “El Mercurio” publicó el pasado domingo 15 que muestra que desde 1993 a la fecha el impuesto no ha superado los US$70 millones en algún año, siendo el promedio de pago apenas US$41 millones. Marco propone que sean eximidos de este impuesto el cónyuge para evitar una doble tributación al fallecer el segundo cónyuge. También propone dejar exento de este impuesto hasta 1.200 UTA por heredero, aplicando desde ese monto la tasa actual máxima de 25%. También quiere fomentar las donaciones a instituciones de caridad, permitiendo rebajar un 50% de éstas del impuesto a la herencia. La propuesta contempla eliminar todos los métodos que se ocupan para eludir este impuesto; como transferencias de nudas propiedades, traspasos de sociedades de papel a valores inferiores al de los activos subyacentes, etc. Paul Fontaine B. Cartas El Mercurio Martes 17 de Noviembre de 2009...

Herencias: el SII sin propuestas.

Fiscalización del impuesto de herencia Ricardo Escobar Director del Servicio de Impuestos Internos Paul Fontaine, en su columna “Impuesto de Herencia”, trata el tema desde dos perspectivas, la de política fiscal y la de administración del gravamen. Como director del Servicio de Impuestos Internos (SII), comentaré los planteamientos del columnista en lo que me compete, la administración. El SII es responsable de fiscalizar dicho impuesto y cuenta con potestades tendientes a reconstituir la base real del impuesto cuando se trata de evadirlo, tales como la facultad de tasar, la de recalificar tributariamente operaciones y la de extender responsabilidades a personas distintas al evasor. Ciertamente, es deber del SII ejercitar responsablemente tales prerrogativas en la fiscalización, tanto para asegurar adecuadamente los ingresos fiscales como para mantener la eficiencia de un sistema basado en la auto-declaración, donde no se puede cometer el error de desalentar a los contribuyentes responsables que cumplen en forma y fondo. Pero la administración del impuesto de herencia no sólo implica al SII la acción de fiscalizar. También, y principalmente para miles de contribuyentes de escasos recursos, prestamos una serie de “servicios” que forman parte del proceso de posesión efectiva del Registro Civil, los que no se traducen en mayores ingresos fiscales o procesos de fiscalización. Administrar un impuesto (premisa válida para todo tributo) supone dos ámbitos relevantes: la prestación de “servicios” a ciudadanos y contribuyentes, actividad que no necesariamente significa mayores ingresos tributarios; y la propia de “fiscalización”. Comentaré a continuación la premisa del columnista en cuanto a “enfocar” la fiscalización del impuesto como medida para optimizar los recursos. Estoy convencido de la necesidad y validez de tal postulado, no sólo en el caso particular del impuesto de herencias, sino en todos los tributos. En los últimos tres años en el SII hemos diseñado y puesto en práctica el plan de modernización “SII Bicentenario”, que incluye...

Angelini elige pagar Impuesto de Herencia

Anacleto Angelini Fabbri falleció el 28 de agosto de 2007 Familia Angelini concreta histórico pago al Estado por herencia del empresario: 323 millones de dólares Familia tramitó la causa en el 25 {+o} Juzgado Civil de Santiago y el pago quedó enterado en el Servicio de Tesorerías el 20 de julio de este año. La cifra es casi cinco veces mayor que el total del impuesto a la herencia que el Estado recaudó en todo el año pasado y la mayor de los registros históricos desde 1993. Azucena González El 20 de julio de este año, casi dos años después del fallecimiento del empresario Anacleto Angelini Fabbri, su familia y más cercanos colaboradores completaron un trámite que seguramente pasará a la historia tributaria chilena. En esa fecha concretaron un paso relevante en el proceso de posesión efectiva de la herencia que dejó el patriarca -fundador del mayor grupo económico chileno- y que derivó en un millonario pago por concepto de impuesto a la herencia. Se trata nada menos que de unos 323 millones de dólares, de acuerdo con la cifra consignada en los tribunales de justicia respectivos. «Atendido el mérito del formulario de determinación de impuesto se declara que la herencia se encuentra afecta a un impuesto equivalente a 4.693.707,64 UTM y con el mérito del giro y comprobante de pago de impuestos de fecha 14-7-2009, enterado en el Servicio de Tesorerías, con fecha 20-7 -2009, se aprueba el pago del impuesto», dice una resolución del 4 de agosto contenida en el documento de posesión efectiva testada por el patriarca, que la familia tramitó en el 25 {+o} Juzgado Civil de Santiago. Los 4,6 millones de UTM equivalían en el mes en que se concretó el pago (julio) a $172.174 millones. O sea, un equivalente a los 323 millones de dólares mencionados. En otra resolución de la misma causa...

Herencia de Luksic también elige Fundación

Tras su fallecimiento, el 18 de agosto de 2005, la viuda y los hijos de Andrónico Luksic Abaroa (en la foto) recibieron en herencia las 118.180 acciones personales que tenía el patriarca de la familia en el brazo minero del grupo, Antofagasta Plc. Por casi cuatro años, los papeles del ex presidente de la compañía se mantuvieron inamovibles. Hasta el mes pasado. Por orden de los beneficiarios -la viuda del destacado empresario, Iris Fontbona, y sus hijos Jean Paul y Guillermo Luksic-, las acciones valoradas en cerca de US$ 1,5 millón «abandonaron» definitivamente Antofagasta Plc, el pasado 22 de septiembre. Según consta en un hecho esencial emanado y publicado en la matriz de la compañía minera en Londres, las más de 118 mil acciones del difunto empresario -que corresponden al 0,01% de la sociedad- fueron transferidas a Kupferberg Establishment, entidad controlada por la Fundación Eduardo Abaroa, en la que varios miembros de la familia -incluidos Jean Paul y Guillermo Luksic- tienen intereses. No obstante esto, dice el comunicado oficial, ningún miembro del grupo familiar por sí solo mantiene un porcentaje que permita el control de la mencionada fundación. El Mercurio, 6 de octubre de 2009. Véase el tema: Impuestos de Herencias y Herencia de Ricardo...

La disputa Brzovic-Saffie sobre el Impuesto de Herencia

F. Saffie: Señor Director: Durante la última semana hemos podido informarnos de las razones ofrecidas por abogados especialistas en derecho tributario, economistas y parlamentarios que fundamentarían un consenso para la eliminación o reforma del impuesto a las herencias (B2, 26 de agosto). Estos argumentos y conclusiones fueron recogidos en el editorial (“Un impuesto sin sentido”, A2, 27 de agosto) que sugirió -si no fuese posible derogar la ley que establece el impuesto- “elevar sustancialmente los límites exentos y […] diferenciar en dos o tres tramos con tasas no demasiado altas”. Los argumentos tras estas demandas se pueden resumir de la siguiente forma: el impuesto a las herencias sería injusto, porque gravaría dos veces el mismo patrimonio; atentatorio contra la acción virtuosa de quienes velan por el bienestar de sus seres queridos; ineficiente, considerando su baja recaudación; y, poco equitativo en su aplicación porque los ‘sectores medios y medios bajos’ son los que lo pagan. Sin ser posible entrar en detalles sobre la necesidad de mantener este impuesto, me gustaría, en contra de los argumentos referidos, aclarar lo siguiente: 1. El impuesto a las herencias no grava dos veces el mismo patrimonio. Conforme a la legislación vigente, el impuesto se aplica sobre el valor líquido de cada asignación y el obligado al pago es el asignatario (art. 2 y 50 bis, Ley 16.271). Vale decir, quien paga el impuesto es el heredero o legatario y no el causante. Se trata entonces de dos patrimonios distintos. 2. La literatura que surgió a fines del siglo diecinueve defendía el impuesto a la herencia como una forma de defender las virtudes. Virtuoso era aquel que trabajaba para generar su fortuna y no el que la heredaba (de sus padres). Más aún, la justificación de la propiedad privada dependía del trabajo. 3. Existe una estrecha relación entre la ineficiencia del impuesto a las herencias...

Ricardo Claro y el Impuesto de Herencias

Con fecha 18 de noviembre, se dió a conocer como hecho esencial a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), que el controlador mayoritario indirecto de las empresas de Ricardo Claro, era una Fundación extranjera, de la cual el fallecido empresario era el «Protector». No se indicó en el comunicado, el país de la Fundación, la fecha de aporte de las acciones o derechos de grupo Claro, ni los porcentajes de control ejercidos. En Panamá, la Fundación de Interés Privado se define como el «acto jurídico de alineación de un patrimonio que crea una persona jurídica cuyo objeto se centra en la administración y gestión de los actos de conservación del patrimonio atribuidos a este ente o instrumento cuyo carácter legal es irrevocable salvo pacto en contrario», y fueron creadas por Ley 25 de 12 de junio de 1995, por la Asamblea Legislativa de Panamá, basada en las normas de Liechtenstein sobre la misma materia. El patrimonio del empresario al fallecimiento ascendía a US$ 1.870 millones (elmostrador.c). Este deceso se une al ocurrido con los empresarios Anacleto Angelini, fallecido el 28 de agosto de 2007,( US$ 6.000 millones) y Andronico Luksic A., fallecido el 18 de agosto de 2005 (US$ 3.400 millones a 2004). Tributariamente, las herencias están afectas a un impuesto ascendente al 25 % de las mismas, cuando superan los $ 500 millones, aprox. y ello incluye los bienes nacionales y los «bienes situados en el extranjero». En la práctica la recaudación es mínima y su pago practicamente no se fiscaliza por el Servicio de Impuestos Internos. En el caso de la «Fundación Claro», de acuerdo al abogado tributarista Sergio Endress «este patrimonio hereditario resulta extremadamente dificil de evaluar económicamente», existiendo el artículo 46 bis en la Ley de Asignaciones Hereditarias y Donaciones que indica que: «Los bienes respecto de los cuales esta ley no establece regla...