ELUSIÓN O NEGOCIO EN SOQUIMICH: NO HAY ACUERDO.

Medardo Lagos y Soledad Recabarren opinan sobre la elusión en la venta de acciones de Soquimich por Nutrien. Medardo Lagos, 18 de Junio de 2018 Mucho se ha polemizado acerca de las implicancias tributarias de la venta de acciones de la serie A de SQM por parte de Nutrien a la china Tianqi, operación que rondaría los US$4.000 millones. Si bien podríamos decir que el vendedor tiene un caso, éste dista de ser sólido. Es muy probable que, los asesores legales, hayan advertido que el mecanismo elegido podría exponer a la compañía a una contingencia tributaria. La realidad es que los tiempos y la legislación han cambiado, por lo que cada vez existe menos margen para la agresividad en materia de planificación tributaria.Contrariamente a lo que podría pensarse, aquí no se trata simplemente de privilegiar el fondo o espíritu de la ley por sobre su forma. Estaríamos frente a una situación en que la sustancia económica cobra preponderancia por sobre las formas. De un tiempo a esta parte incluso, la Corte Suprema, ha cambiado su criterio y jurisprudencia en materia de elusión, pasando de calificarla en 2003 como “evitar algo con astucia”, a definirla en 2015 como una infracción indirecta de las disposiciones legales aplicables, bajo una apariencia de juridicidad, considerando los hechos como actividades, en principio lícitas, que tuvieron un fin ilícito e inadmisible consistente en una merma de las arcas fiscales.En circunstancias de estrechez fiscal, ¿puede Hacienda permitirse el lujo de ni siquiera intentar revisar o cuestionar una enajenación tal como fue concebida, máxime si el activo subyacente que genera la riqueza es un recurso natural no renovable y concesionado? ¿Qué clase de señal estaría enviando el gobierno?El Fisco de Chile no puede permanecer impávido frente a una publicitada transacción diseñada de forma tal que se evita el pago de cifras millonarias en impuestos, por mucho que...