Las contradicciones del SII

Estoy pensando en publicar un aviso invitando, a quien se sienta identificado, a sumarse a mi cruzada. Le cuento: En los últimos días, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha dado una serie de señales –en distintas direcciones- respecto de los plazos y causales para impugnar el nuevo avalúo fiscal, vigente desde el 1de enero pasado.
Entre declaraciones varias, el Servicio primero dijo que aceptaría como causal de reclamo antecedentes que demuestren que la tasación fiscal es mayor que el avalúo comercial. Después dicen queso bien no puede ser causal de reclamo, porque no está en la ley, este será un argumento que definitivamente tomarían en cuenta, lo que en el fondo, viene a ser lo mismo pero con otro nombre. Respecto de la ampliación del plazo, se aclaró que es sólo para una instancia administrativa, porque el plazo jurisdiccional, que permite llegar a los tribunales, no se ha “ampliado”.
No puedo más que simpatizar con los afectados por los nuevos avalúos, y reconozco que todo lo anterior no tendría nada de malo, si no fuera porque, en más de una ocasión, el SII ha desconocido el imperio de la Ley asumiendo facultades que no tiene ningún funcionario público. Ni siquiera el mismísimo Presidente de la República.
Recordemos que hace un par de semanas, funcionarios de esa repartición señalaron que no podían hacer nada respecto de los plazos para reclamar del avalúo, ni respecto de las causales para impugnarlo, ya que carecían de facultades para modificar lo que dice la ley. Después dicen que sí se puede, o mejor dicho, que de una u otra forma, “se va a tener que poder no más”.
Esto me recuerda otras situaciones en las que el SII aplica eso de “se va a tener que poder no más”. Por ejemplo, los fallos dictados por los llamados “tribunales tributarios” (instituciones creadas al margen de la ley por la anterior administración del SII, y mantenidas por la actual), han sido anulados cada vez que la Corte Suprema se ha pronunciado sobre ellos, y siempre por el mismo motivo: son tribunales que carecen de jurisdicción, creados contra la ley, por lo cual sus resoluciones son nulas y de ningún valor. Es decir, la Corte Suprema ha señalado en repetidas ocasiones que el SII no tiene facultades para “crear” estos “tribunales”, pero la autoridad administrativa ha hecho caso omiso de dichos fallos, y estas entidades siguen resolviendo causas tributarias. Supongo que alguien le habrá dicho al Director del Servicio que no se podía hacer lo que se esta(ba) haciendo. Imagino que la respuesta debe haber sido la misma de ahora… “se va a tener que poder no más”.
Lo mismo pasa con la circular del SII que obligaría a los bancos a informar sobre asuntos de sus clientes, lo que en la práctica era violar el secreto bancario. Se trató de convencer al Servicio que los bancos no podían obedecer, porque para ello se requería una ley. Pero la respuesta fue que “se tendrá que poder no más” (hoy el tema se discute en tribunales y la aplicación de la Circular tuvo que ser suspendida, a lo menos por un año).
En los dos últimos casos, todos los entendidos opinaron que el SII estaba pasando a llevar la ley y la Constitución. Sin embargo, es curioso ver que entre esos mismos detractores, ahora hay quienes opinan que está bien que el SII amplíe los plazos y agregue causales de reclamos.
En el fondo, pareciera que a nadie le interesa que realmente se cumplan las leyes y las normas, sino que no se toquen los intereses particulares de cada cual. Y, como se ve en este asunto de los avalúos fiscales, cuando se juntan muchas personas con intereses comprometidos, les da lo mismo a todos –autoridades incluidas- pasar a llevar normas y leyes, con tal de satisfacer sus reclamos de reparación.
Vuelvo al inicio. Soy un contribuyente igual que todos. Pero como no me basta con lidiar con el SII sólo por mi, además –producto de mi profesión- represento a otros contribuyentes en la misma tarea (si, ya sé que suena un poco masoquista). Por lo anterior, necesito juntar un grupo de personas para que me ayuden a formar una masa crítica suficiente para hacer que… se respete la ley, o las normas que el propio SII se ha dado. Aunque sea en contra de los intereses de los mismos contribuyentes.
Si me animo a publicar un aviso para hacer una campaña que exija el respeto a la ley, y usted está de acuerdo conmigo, por favor responda, porque al parecer necesitaremos de un gran ruido mediático.

Campaña para respetar la ley
Alvaro Mecklenburg, socio Deloitte.

La Tercera 13 de marzo de 2006.

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