Secreto Bancario: los obligados a informar

Inquietud existe entre las casas de cambio del país por la denominada circular 120 del SII, que comenzará a regir este mes. Según el presidente de la Asociación de Empresas Cambiarias y de Remesas de Dinero (Ecare), Carlos Grossman, “tiene que existir una normativa que sea igual para todos”, en alusión a que si los bancos quedan fuera de esta resolución, lo “más justo” sería que ellos también.

“Estamos estudiando las acciones a seguir”, dijo frente a la citada circular que obliga a las instituciones bancarias, agencias o representaciones de bancos extranjeros, casas de cambio, instituciones financieras y demás entidades con domicilio o residencia en Chile, que realicen por encargo de terceros, operaciones correspondientes a remesas, pagos o traslados de fondos al exterior a informar al Servicio de Impuestos Internos (SSI) de todas las operaciones a nombres de terceros que superen los US$ 10 mil.

Explicó que no se sumaron a la demanda que entabló la banca en contra del SII como mecanismo para frenar la aprobación de la circular debido a la imposibilidad de apoyarse en el beneficio del secreto bancario.

Sin embargo, para el directivo -quien también es gerente general de la casa de cambios Inter- además del secreto bancario existen otros argumentos al cual atenerse, como es la eventual desventaja competitiva que las casas de cambios tendrían frente a la banca y que los lleva estar en contra de esta reforma legal. “Lo que pasa es que aquellos que no son bancos y que tengan que informar van a ser muy perjudicados, porque los clientes en un momento determinado van a preferir ir a los bancos dado que ellos no tendrán la obligación de informar, lo cual conllevará a una situación muy negativa desde el punto de vista del mercado”, precisó.

Casa de brujas

El titular de Ecare especificó que no está en contra de reglamentar en virtud de evitar el lavado de dinero y la utilización de dólares provenientes del narcotráfico o el terrorismo. Sin embargo, sostuvo que el camino ideal no se encuentra en informar todas las operaciones tal como dispone la circular, sino que la respuesta está en dar a conocer sólo de las operaciones sospechosas, es decir, de aquellas que no tienen un claro origen, no son comprobables y otros factores largos de mencionar. Lo relevante es conocer al cliente.

“Aquí no se trata de hacer una casa de brujas (…) no voy a ir a informar una operación de un cliente que yo tengo toda su estructura, todas sus antecedentes, porque no me parece sospechoso”, expresó.

En esa línea, afirmó que la Unidad de Análisis Financiero (UAF), encargada de recibir este tipo de información ha tenido un difícil trabajo ya que la ley 19.203 que rige al respecto no impone sanción alguna a ningún agente obligado según la ley dentro de las que se encuentran las casas de cambios.

Lo fundamental de este cambio para el representante, es que si “no existe sanción para aquel que no informa, se incentiva actividades paralelas, ya que cualquiera puede desarrollar el negocio de remesas o cambios”.

Esta situación podría cambiar elpróximo 7 de marzo, cuando en el Congreso se traten las indicaciones que modifican la UAF y le otorgan la atribución de sancionar a quienes no informen.
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Diario Financiero (03-03-2006)
Piden mismo trato que los bancos
Inquietud en casas de cambio por circular 120

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