SII ataca elusión tributaria en polémico Oficio.

Preocupado se encuentra el mundo contable y jurídico tributario.En un oficio inédito, el SII desconoce la legítima opción de organización del contribuyente, ignorándo los efectos jurídicos de la misma, para reemplazarla por la incertidumbre.
Se trata de un oficio «preocupante» y que representa «una involución en el camino de mayor certeza y fundamentación a estas interpretaciones que había dado el nuevo Director», afirmó el Abogado Sergio Endress G.
El contribuyente consultaba si, en el caso de transformación de una sociedad anónima en limitada, tributándo esta última en renta presunta, la enajenación de bienes raíces podía considerarse una cantidad no constitutiva de renta aplicando el artículo 17 Nº 8, letra b), de la Ley de Impuesto a la Renta.
Así el oficio señala, en su parte conclusiva:
«En relación con lo antes señalado, se hace presente que de los antecedentes descritos en su presentación, se desprende que el objetivo buscado con la reorganización que se pretende llevar a cabo es separar los bienes para una venta posterior cuya ganancia de capital tendría el tratamiento de ingreso no constitutivo de renta, es decir, la figura jurídica a realizar no necesariamente corresponde a una reorganización empresarial propiamente tal, sino más bien a una forma de realizar o preparar la enajenación de los inmuebles en referencia. En tal caso, el tratamiento tributario de cada acto o de la serie de actos involucrados en la operación y particularmente de las posibles ganancias de capital, dependerá de las circunstancias concretas las cuales deben ser evaluadas en su oportunidad.» Oficio N° 1.434, de 07.07.2008.

Algunos analistas especulaban de ello puede ser visto como una reacción a la significativa baja recaudatoria experimentada por la operación renta de este año.
Finalmente, resulta una ironía que este oficio se haya dictado justamente a días de constituirse el nuevo Comite Consultivo del Servicio, integrado por los abogados C. Blanche, R. Benitez junto al auditor Manuel Manquez del sector privado,y los funcionarios del SII, Pablo Gonzalez S.(Subdirector Jurídico del SII y Presidente del Consejo), Juan Alberto Rojas y Norberto San Martín Soto, destinado precisamente a dotar de mayor coherencia y respaldo a las interpretaciones del organismo.

Para mayores antecedentes, consúltese,entre otros:
«Comité Asesor»: nuevo Comité asesor del SII.
«Nuevo Director»: opiniones del Director sobre Elusión Tributaria.
«Operación Renta»: Recaudación en última
Declaración de Impuestos de empresas y personas.
«Tener Buena Relación el con SII es un activo»: la opinión de analistas sobre la relación con el SII.

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