Despachada Ley de Donaciones

La nueva normativa debería estar aplicándose desde fines de enero, o bien desde marzo del 2009.

Por amplia mayoría, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley de donaciones con fines sociales, con lo cual quedó lista para su promulgación presidencial. La iniciativa es de alta relevancia, pues permitirá tanto a empresas como personas descontar de sus impuestos parte de las donaciones que realicen.

«¡Es el mejor regalo de Pascua!», decía tras la votación la subsecretaria de Hacienda, María Olivia Recart, quien encabezó el proceso por el lado del Gobierno. «Esperamos tener el reglamento listo a fines de enero o, como límite, en marzo, para que empiece a funcionar la ley. Como el próximo año será de estrechez económica, esta ley permitirá que las donaciones con fines sociales se mantengan activas», comentó la funcionaria.

Los beneficios

El proyecto permitiría tres objetivos: beneficiar las obras sociales, culturales y educacionales; estimular las donaciones desde empresas y personas, y generar un registro que permita una suerte de «certificación» de las instituciones receptoras. Recart menciona otros elementos, como la solidaridad entre las entidades y la adopción del principio de buena fe.

Entre las novedades de la norma está la creación del Fondo Mixto de Apoyo Social (FMAS), el cual será administrado por un consejo multidisciplinario de nueve miembros, al alero de Mideplan. Será encargado de depositar recursos en entidades que no sean las más elegidas en el sistema, como forma de prorratear los beneficios.

Según la ley ya aprobada, para donaciones inferiores a 1.000 UTM ($37,6 millones) que se realicen directamente a una institución, o bien al FMAS, el donante podrá descontar de impuestos el 50% del valor otorgado. En el Senado se introdujo la exigencia de que si los aportes por ese monto son a una institución, al menos deban ser dos, con un máximo de 700 UTM a una de ellas.

Si la donación es mayor a las 1.000 UTM, hay dos opciones de descuento tributario: 1) se mantiene el 50%, siempre que al menos un 33% vaya al fondo, o 2) el crédito es de 35% si el aporte al fondo es menor al 33% de la donación total anual.

La subsecretaria destaca que estará permitido que las cónyuges o parientes de los donatarios pertenezcan a las instituciones receptoras de tal donación -según lo avale el consejo del fondo-, lo cual había generado cierta polémica durante el debate parlamentario. En todo caso, por principio general las donaciones no podrán efectuarse a instituciones en cuyo directorio participe el donante, ni tampoco tendrán derecho al crédito tributario las donaciones realizadas por candidatos a cargos de elección popular.

Entre las instituciones que podrán recibir donaciones se incorpora a los establecimientos educacionales que tengan proyectos destinados a la prevención o rehabilitación de adicciones de alcohol o drogas para sus alumnos y apoderados. En estos casos, el crédito sí puede llegar al 50%, aunque el aporte al FMAS sea inferior a 33% (el piso baja a 25%).

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Empresas

Para aprovechar el descuento tributario de hasta el 50% que permite la ley, las personas jurídicas pueden donar hasta 14 mil UTM ($527,1 millones de hoy), con un tope de 5% de su renta. La vigencia del beneficio rige desde 2009.

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Personas

A partir de 2010, las personas naturales podrán deducir como crédito del Impuesto a la Renta sus donaciones sociales. El descuento será del 50% en su base tributaria, con un tope del 20% de su renta líquida, o 320 UTM ($12 millones).
Ley de Donaciones con Fines Sociales:
El Mercurio, 17 de diciembre de 2008.
Las personas podrán descontar de impuestos parte de sus donaciones

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