Constitucionalidad del Aporte a bomberos de Aseguradoras

Pugna entre el cuerpo de voluntarios y las compañías de seguros:
SVS refuta que pago de aseguradoras a los bomberos sea inconstitucional

El abogado Gastón Gómez, dice que el pago que hacen las compañías de seguros no es un impuesto y no violenta la igualdad ante la ley, como alegan las empresas.

Rosario Zanetta B.

Cada vez más encendida se ha vuelto la disputa entre las compañías de seguros y el Cuerpo de Bomberos, ante el Tribunal Constitucional.

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) -representada por el abogado Gastón Gómez- decidió hacerse parte del caso, defendiendo el carácter constitucional del pago que recibe el cuerpo de voluntarios de manos de las aseguradoras.

La pugna entre ambos surge por la norma que establece que las aseguradoras deben hacerse cargo de los beneficios médicos que reciben los bomberos por accidentes ocurridos producto de su actividad (artículos 3 y 4 del Decreto de Ley 1.757).

Según explica el diputado Jorge Ulloa (UDI), lo anterior se fundamenta en que las compañías de seguros se ven beneficiadas con la labor de los voluntarios, ya que al controlar los incendios disminuyen los costos que las aseguradoras deben cancelar por los daños que producen estos siniestros.

El origen del conflicto

La norma original data de 1941, cuando ya se estipulaba el aporte que debían hacer las aseguradoras. Sin embargo, las compañías se molestaron por un aumento en el total de beneficios que debían pagar a partir de 2002, lo que las llevó a presentar los recursos.

Según plantearon ante el Tribunal, la circular les impone como carga «una parte considerable de los costos de mantención de una actividad que genera un beneficio público». Asimismo, alegan que dicho pago «participa de la naturaleza de un tributo con características de manifiesta desproporcionalidad e injusticia, atendiendo a su carencia de justificación».

La visión es distinta desde la SVS. «Creemos que esto no es así, por muchas razones. En primer lugar, no se trata de un tributo bajo ningún aspecto. Y en el supuesto que fuera un impuesto, que no lo es, tampoco se trataría de un impuesto injusto, porque en Chile es de la mayor justicia que quien recibe un beneficio directo, como consecuencia de una actividad, pague por eso», dice Gastón Gómez.

El experto comenta que bomberos no sólo se financia por los aportes de las aseguradoras, sino que, además, por medio de cuotas de socios, colectas y fondos que las leyes destinan para esto. «Como se ve, el Estado contribuye a financiar al Cuerpo de Bomberos», comenta.

«Es evidente que hay un beneficio para las compañías, que tiene valor económico y del cual se han aprovechado. Lo que ha hecho la ley es imponerles el deber de hacer una contraprestación como consecuencia de eso. Es sólo una limitación a la actividad económica, autorizada por la Constitución», dice Gómez.

«En más de 60 años, nunca han cuestionado esta exigencia, tampoco la circular y la han pagado religiosamente. Hay suficientes antecedentes como para advertir que esta decisión de las compañías es incomprensible», agrega el abogado.

En la misma línea de Gómez, 92 diputados presentaron durante la semana un «téngase presente» en el Tribunal Constitucional, solicitando que éste no analice el conflicto.

Las defensas de ambas partes presentarán sus alegatos el 28 de mayo. Los abogados Arturo Fermandois, Olga Feliú y Eugenio Evans representarán a las aseguradoras. Juan Agustín Figueroa defenderá a bomberos y Gómez representará a la SVS.

«No se trata de un tributo bajo ningún aspecto. Y en el supuesto que fuera un impuesto, que no lo es, tampoco se trataría de un impuesto injusto».

GASTÓN GÓMEZ

Abogado de la SVS

El Mercurio, 1 de abril de 2009.

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