Impuesto Adicional en juicio

Nuevo revés en tribunales:
Corte confirma nueva millonaria multa contra multitiendas Johnson’s

Según cercanos al CDE, debería cancelar US$ 7 millones, que se suman a US$ 15 millones de una sentencia anterior.

X. Pérez y J. Troncoso

A los cerca de US$ 15 millones que debería cancelar Johnson’s por concepto de impuestos impagos, luego de que la Corte de Apelaciones confirmara un cobro del Servicio de Impuestos Internos (SII) el 1 de octubre pasado, ahora se sumarán aproximadamente US$ 7 millones.

Este nuevo monto (explican cercanos al Consejo de Defensa del Estado) corresponde a un periodo de liquidaciones aplicadas por el organismo a la empresa, las que fueron confirmadas por el tribunal de alzada capitalino.

La deuda corresponde al no pago de impuestos adicionales, luego de que en 1993 Johnson’s -firma controlada por Marcelo Calderón- suscribiera un contrato con la sociedad Import Analysts, con domicilio en Miami, mediante el cual -entre otras funciones- le encargaba el muestreo y análisis de productos para la importación en el mercado de Asia.

Esa materia está exenta de pago de impuesto adicional, pero según acreditó el SII, se hicieron otras operaciones no excluidas del mencionado tributo, las que luego Johnson’s pretendió calificar como muestreo y análisis.

En el fallo de la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones, los ministros Cornelio Villarroel, la fiscal judicial Marta Jimena Pinto y el abogado integrante Enrique Pérez ratificaron que los pagos por los servicios prestados por Import Analysts Inc. como asesoría, según convenio suscrito con fecha 17 de septiembre de 1993 y protocolizado el 14 de octubre de 2003, no constituyen comisiones, sino que asesorías. Por ello, están gravados con el Impuesto Adicional, contemplado en el artículo 59, inciso primero, de la Ley de la Renta, reza el dictamen.

La resolución agrega que «en base al análisis de la documentación se arriba a la conclusión que se prestaba un amplia gama de servicios por Import Analysts Inc. al reclamante, no exclusivamente de análisis y muestreo como lo ha sostenido, y dejando de lado los demás servicios pactados. En consecuencia, se configura un servicio amplio de asesoría afectos al Impuesto Adicional».

El dictamen añade que «las exenciones tributarias son de derecho estricto, por lo cual deben aplicarse restrictivamente al caso específico y debidamente acreditado, lo cual no ocurre en el presente caso».

La compañía ahora recurriría a la Suprema. Igual medida anunció en octubre, cuando la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó un cobro realizado por el SII a la firma, que superaría los US$ 15 millones.

Según la compañía son estos US$ 15 millones -considerando reajustes, intereses y multas respectivas- los que debería pagar como parte de los tres procesos que mantiene vigente, faltando uno por resolverse en el tribunal de alzada. En su defensa, la compañía ha planteado que sólo se han prestado servicios de muestreo y análisis por los que pagó una comisión. Replanteó la petición de prescripción de las multas por haber transcurrido más de 6 meses desde la infracción.

US$ 15 millones

sería el total que tendría que pagar Johnson’s -considerando reajustes, intereses y multas- según afirman dentro de la compañía, como parte de tres procesos abiertos por no pago de impuestos.
El Mercurio, 4 de noviembre de 2009.

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