DFL 2: RN-UDI contesta a socio de PWC

Señor Director:

El señor Francisco Selamé en su carta del día 10 de mayo en relación con la modificación propuesta al régimen del DFL N° 2 de 1959, afirma que ésta desconocería el contrato-ley en el que se entienden incorporados —de pleno derecho— las franquicias, exenciones y beneficios de la referida norma.

Sobre lo anterior, es necesario precisar que los derechos adquiridos de los actuales propietarios de las “viviendas económicas”, ya se trate de personas naturales o jurídicas, en ningún caso se verán afectados de aprobarse la modificación propuesta. De acuerdo al texto del proyecto, los titulares de estos inmuebles gozarán, con total plenitud, de los beneficios y franquicias tributarias que actualmente ejercen en relación con las “viviendas económicas” que poseen, por lo que, desde esa óptica, los respectivos contratos-leyes no se ven afectados por el proyecto de ley.

Lo que busca esta iniciativa legal es, en el contexto de la coyuntura, devolverle a la institución del DFL N° 2 la racionabilidad y lógica que motivaron su establecimiento hace más de 50 años, y que, a diferencia de lo expresado por el señor Selamé, no tuvo por objetivo el favorecer a las empresas constructoras, sino que incentivar a las familias a invertir en la adquisición de una vivienda.

La norma propuesta restringe a dos el número de DFL N° 2 que una persona puede acoger a los beneficios tributarios contemplados en la ley, sin afectar el derecho de quienes a la fecha de entrada en vigencia de la modificación tuvieren más propiedades acogidas al régimen, por lo que difícilmente pueda interpretarse que se están desconociendo los términos de un contrato-ley. Que actualmente esta figura haya degenerado en algunos abusos, sin duda que es una situación que amerita ser corregida.

Nicolás Monckeberg
Diputado Comisión de Hacienda
Miércoles 12 de Mayo de 2010
DFL 2 y reforma tributaria

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