FUSIÓN DE AFP CUPRUM LE GENERARÁ AHORRO TRIBUTARIO DE 80 MIL MILLONES

FUSIÓN DE AFP CUPRUM LE GENERARÁ AHORRO TRIBUTARIO DE 80 MIL MILLONES

Inadvertido. Así pasó el hecho esencial en que AFP Cuprum informó a fines de enero al mercado que la fusión de AFP Argentum -la sociedad creada por Principal para integrar el negocio de AFP a su inversión en Chile- y AFP Cuprum generaría un ahorro tributario de $80 mil millones para los nuevos controladores.

A casi dos años después de haberse declarado exitosa la OPA lanzada por los norteamericanos tras adquirir 90,42% de la propiedad y tras un largo recorrido para aumentar su participación en Cuprum, el gerente general de la AFP, Ignacio Alvarez, comunicaba a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) el pasado 2 de enero de 2015 que el regulador de Pensiones autorizó la fusión y que ésta “ha tenido plenos efectos a contar del 1 de enero de 2015”.

¿Qué demoró el proceso?

Principal podría haber incorporado directamente la AFP al negocio en Chile, pero desde un comienzo optó por integrar el negocio previsional mediante una fusión por absorción. Eso implicó un extenso intercambio de oficios con el regulador para perfeccionar la forma en que Principal Institucional Chile debía incorporar en Argentum, que sería la sociedad absorbente, a Cuprum. Para facilitar el proceso, Argentum se convirtió en AFP.

El hecho esencial era claro: ”La fusión tendrá efectos contables, generándose un activo por impuestos diferidos contra resultados de aproximadamente $80 mil millones de pesos. En todo caso, el efecto contable preciso se contendrá en los estados financieros de la Sociedad al 31 de marzo de 2015”.

Así fuentes explican que cuando Cuprum informe los resultados del primer trimestre de este año se podrá constatar el impacto de la compra, cuyo cambio más relevante es que mostrará un patrimonio más grande, que reflejaría su correcto valor.

Cercanos a la transacción explican que con esta reestructuración de la sociedad, la compañía va a reflejar en los libros contables y tributarios, el valor pagado, y una parte considerable de este valor va a ser amortizado. Además destacan que este es el efecto natural que ha establecido históricamente la Ley de la Renta en Chile, y si bien el monto no está definido con exactitud, la estimación es que será del orden de $80 mil millones.

¿Goodwill tributario?

La SVS pidió a Cuprum detallar cómo se genera el activo de impuestos diferidos que informó el 26 de enero. La AFP respondió que este “surge de la asignación a los correspondientes activos, del goodwill tributario originado por la diferencia entre el valor de la inversión de la Administradora de Fondos de Pensiones Argentum en Administradora de Fondos de Pensiones Cuprum y el valor proporcional del capital propio tributario de ésta última”.

Expertos tributarios explican que previo a la última reforma tributaria las diferencias de valor entre el precio de compra o venta de una sociedad y el correspondiente a sus activos pueden ser amortizables, lo que finalmente reduce la base imponible de los contribuyentes.

Así, el goodwill se produce cuando el valor por el cual se compra una sociedad es mayor al valor de los activos de la empresa adquirida.

Entonces “el activo por impuesto diferido contra resultados” implica llevar a valor presente el monto que la empresa dejaría de pagar  impositivamente en el futuro, opción que estaba contemplada en la Ley de Renta y que una empresa tiene el legítimo derecho a aprovechar.

En este caso, si la empresa genera un activo de $80 mil millones por impuestos diferidos, significa que  va a dejar de pagar $ 80 mil millones de impuestos a futuro.

Pero las empresas están obligadas a reconocer de inmediato y a lo largo del tiempo este efecto, porque el balance es una foto de la situación económica de la entidad. Esto exige que cada vez que se toma esa fotografía -que puede ser diaria, mensual, anual- se considera ese efecto de impuesto diferido actualizado.

Por eso, entendidos en el proceso destacan que estos $80 mil millones no son caja sino una diferencia entre cálculos contables entre derechos y obligaciones que eventualmente se van a materializar en las próximas décadas, pero que deben ser contabilizados inmediatamente.

Conocedores de la operación enfantizan que este es un derecho natural que parte desde el momento de la compra y que el mecanismo contable es complejo, pero representa hoy un diferencia de varios ítems, que se materializarán en bastante tiempo.

Fuente: Pulso. 2 de marzo de 2015. Por Kharla Caniupán.

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