IMPUESTO TERRITORIAL EN EL GRAN SANTIAGO

IMPUESTO TERRITORIAL EN EL GRAN SANTIAGO

Es cuestionable que de un total de 1.705.080 viviendas en el Gran Santiago solo 32% paguen contribuciones de bienes raíces. Se trata de casas o departamentos con un avalúo fiscal superior a los 21 millones de pesos, ubicadas preferentemente en el sector centro-oriente de la capital, según lo indica un reciente análisis del Centro de Estudios Públicos (CEP).
Así, por ejemplo, mientras en comunas como Vitacura cerca del 100% de las viviendas paga este impuesto territorial, en Puente Alto solo lo paga el 6% de ellas. De esta forma, la mayor parte de las viviendas del país están exentas de este impuesto, porque tienen un valor inferior a ese monto o porque aparecen ocupando predios rurales, pese a que muchas están localizadas en suelos urbanos. Esta anomalía se da fundamentalmente porque el Estado no cuenta con herramientas adecuadas que le permitan actualizar esos avalúos periódicamente.
Sin duda, es inconveniente que la mayor parte de las viviendas estén completamente exentas del pago de contribuciones. Por una parte, los vecinos que pagan sus impuestos sienten un mayor derecho a exigir rendición de cuentas a los alcaldes, lo que genera un mayor control ciudadano de la gestión pública. Por otra, la exención de contribuciones envuelve una gran dificultad para cobrar la recolección de residuos domiciliarios o derechos de aseo fijados por las respectivas municipalidades, lo que en la práctica ha significado que estos derechos mayoritariamente no se paguen.
Se debería avanzar -pese a su impopularidad- a un pago de impuesto territorial por un sector más amplio de la población. Se ha propuesto reducir de 21 millones a 10 millones de pesos la base de avalúo fiscal para definir qué viviendas deben pagar contribuciones. Ello parece razonable, independientemente de que la tasa que se cobre pueda ser incluso menor para las viviendas que se incorporen al sistema estando actualmente exentas.
En cualquier caso, sigue pendiente la discusión sobre si la tasa que se aplica en Chile (1,2% cuando el destino es no habitacional, y entre 0,98% y 1,11% cuando es habitacional) es adecuada o demasiado alta, ya que se trata en el fondo de un verdadero impuesto al patrimonio de las personas y no a sus ingresos por los cuales ya tributó en la Ley de la Renta. Esto es especialmente importante si se considera que la suma a pagar por el contribuyente se ha incrementado sustancialmente por los ajustes del avalúo fiscal de las propiedades.
La actitud del mundo político hacia el tema de las contribuciones suele estar determinada por sus propios intereses. Los alcaldes, que dependen de ellas para mejorar los servicios que proveen a sus votantes, desean, en general, aumentar los ingresos locales, o, en su defecto, disponer de alguna otra compensación entregada por el gobierno central. A su vez, los parlamentarios, tradicionalmente han buscado retrasar la entrada en vigencia de los reavalúos o excluir a ciertas categorías de ciudadanos de las alzas de contribuciones. Una discusión seria debiera hacer abstracción de ambas consideraciones.

Fuente: El Mercurio. 19 de septiembre de 2015.

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