Herencias: el SII sin propuestas.

Fiscalización del impuesto de herencia Ricardo Escobar Director del Servicio de Impuestos Internos Paul Fontaine, en su columna “Impuesto de Herencia”, trata el tema desde dos perspectivas, la de política fiscal y la de administración del gravamen. Como director del Servicio de Impuestos Internos (SII), comentaré los planteamientos del columnista en lo que me compete, la administración. El SII es responsable de fiscalizar dicho impuesto y cuenta con potestades tendientes a reconstituir la base real del impuesto cuando se trata de evadirlo, tales como la facultad de tasar, la de recalificar tributariamente operaciones y la de extender responsabilidades a personas distintas al evasor. Ciertamente, es deber del SII ejercitar responsablemente tales prerrogativas en la fiscalización, tanto para asegurar adecuadamente los ingresos fiscales como para mantener la eficiencia de un sistema basado en la auto-declaración, donde no se puede cometer el error de desalentar a los contribuyentes responsables que cumplen en forma y fondo. Pero la administración del impuesto de herencia no sólo implica al SII la acción de fiscalizar. También, y principalmente para miles de contribuyentes de escasos recursos, prestamos una serie de “servicios” que forman parte del proceso de posesión efectiva del Registro Civil, los que no se traducen en mayores ingresos fiscales o procesos de fiscalización. Administrar un impuesto (premisa válida para todo tributo) supone dos ámbitos relevantes: la prestación de “servicios” a ciudadanos y contribuyentes, actividad que no necesariamente significa mayores ingresos tributarios; y la propia de “fiscalización”. Comentaré a continuación la premisa del columnista en cuanto a “enfocar” la fiscalización del impuesto como medida para optimizar los recursos. Estoy convencido de la necesidad y validez de tal postulado, no sólo en el caso particular del impuesto de herencias, sino en todos los tributos. En los últimos tres años en el SII hemos diseñado y puesto en práctica el plan de modernización “SII Bicentenario”, que incluye...

Angelini elige pagar Impuesto de Herencia

Anacleto Angelini Fabbri falleció el 28 de agosto de 2007 Familia Angelini concreta histórico pago al Estado por herencia del empresario: 323 millones de dólares Familia tramitó la causa en el 25 {+o} Juzgado Civil de Santiago y el pago quedó enterado en el Servicio de Tesorerías el 20 de julio de este año. La cifra es casi cinco veces mayor que el total del impuesto a la herencia que el Estado recaudó en todo el año pasado y la mayor de los registros históricos desde 1993. Azucena González El 20 de julio de este año, casi dos años después del fallecimiento del empresario Anacleto Angelini Fabbri, su familia y más cercanos colaboradores completaron un trámite que seguramente pasará a la historia tributaria chilena. En esa fecha concretaron un paso relevante en el proceso de posesión efectiva de la herencia que dejó el patriarca -fundador del mayor grupo económico chileno- y que derivó en un millonario pago por concepto de impuesto a la herencia. Se trata nada menos que de unos 323 millones de dólares, de acuerdo con la cifra consignada en los tribunales de justicia respectivos. «Atendido el mérito del formulario de determinación de impuesto se declara que la herencia se encuentra afecta a un impuesto equivalente a 4.693.707,64 UTM y con el mérito del giro y comprobante de pago de impuestos de fecha 14-7-2009, enterado en el Servicio de Tesorerías, con fecha 20-7 -2009, se aprueba el pago del impuesto», dice una resolución del 4 de agosto contenida en el documento de posesión efectiva testada por el patriarca, que la familia tramitó en el 25 {+o} Juzgado Civil de Santiago. Los 4,6 millones de UTM equivalían en el mes en que se concretó el pago (julio) a $172.174 millones. O sea, un equivalente a los 323 millones de dólares mencionados. En otra resolución de la misma causa...

Fondos de Inversión Privados serán fiscalizados

SII fiscalizará a Fondos de Inversión Privados por posible evasión tributaria La fiscalización comenzará en los próximos meses y se extenderá por todo 2010. Los privados dicen que no hay irregularidades. El Servicio de Impuestos Internos (SII) está indagando posibles prácticas irregulares en la industria de los Fondos de Inversión Privados (FIP), instrumentos creados por ley en 2000. La autoridad pretende iniciar una fiscalización en los próximos meses, la que seguirá durante todo 2010. «Hemos estado viendo que hay personas que, en forma artificial, han transferido bienes o inversiones a fondos de inversión privados para realizar a continuación la venta de éstos y, por lo tanto, hacer ganancias inmediatamente después de que hacen las transferencias, aprovechando que los fondos de inversión privados están exentos de impuestos de primera categoría», explicó Ricardo Escobar, director nacional del SII. «Esto se comenzó a detectar hace un tiempo y se ha estado haciendo el trabajo de inteligencia para ver cuáles son las conductas frecuentes, las conductas riesgosas y una de las que más ha aparecido es la transferencia de bienes a un fondo de inversión privado, que en el fondo es una operación relacionada y se hace con el solo propósito de evadir o evitar impuestos», dijo. La autoridad no tiene registros de cuántos fondos existen en el país, ya que, a diferencia de los fondos de inversión públicos, éstos no son fiscalizados por la SVS. Según Escobar, en Chile hay varios cientos de fondos y se analiza cuáles son los que tienen «una conducta no deseada». Según expertos, la proliferación de los FIP se debe a sus ventajas tributarias y porque permite reunir varios inversionistas para acceder a negocios que no podrían hacerse de forma individual. En ese contexto, dicen que no hay irregularidades y justifican su utilización. Las ventajas de los FIP Juan Ignacio Cornejo, socio Tax de KPMG, dice que...

Las penas a las PJ no son tán buena idea.

Comentando la reciente aprobación por el Congreso de la ley que consagra la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho a un funcionario público extranjero, se ha expresado en algunas publicaciones que ello implica una profunda renovación del Derecho Penal nacional. Eso quiere decir, imagino, que la nueva ley significa progresar hacia un ordenamiento punitivo más moderno, más racional y más justo; todo lo cual, para ser honesto, me parece dudoso si no, francamente discutible. Desde luego, en lo que se refiere a la modernidad, vale la pena recordar que ya la Ley 13.305, de 1959, consagró una forma de responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos contra la libre competencia que, hasta donde se me alcanza, nunca se aplicó en la práctica, por lo cual todos la hemos olvidado. La que se establece ahora no es, por consiguiente, tan novedosa como se sugiere. Podría ser quizás más eficiente, aunque dada la índole de los delitos respecto de los cuales se la contempla, también eso me parece improbable. Respecto de la justicia, los juristas continentales siempre hemos pensado que imponer una pena sólo es justo si el hecho constitutivo de delito puede reprocharse personalmente al que lo ha ejecutado; es decir, si éste ha obrado culpablemente. Conseguir que las legislaciones hicieran suya esa idea y desterraran todas las formas de responsabilidad por los puros resultados ha sido una lucha prolongada, no siempre exitosa, pero irrenunciable, de un derecho penal que aspira a ser justo. Pero, ¿qué reproche puede hacerse a una persona jurídica (la cual, de acuerdo al Art. 545 del Código Civil, no es más que una ficción) por hechos que en realidad son ejecutados por las personas naturales que actúan en su nombre? Porque el lector convendrá conmigo en que nunca se ha visto a una...

Cobros del SAG: Alegatos en TC

Alegan que pagos por certificación serían inconstitucionales: Exportadores recurren al TC y se enfrentan con el fisco por cobros del SAG En paralelo, los empresarios también llevan una demanda ante el Séptimo Juzgado Civil por unos US$ 108 millones. Fernando Vial R. Representantes de los exportadores y del fisco se vieron las caras ayer en el Tribunal Constitucional (TC). El objetivo: que el organismo presidido por el abogado Marcelo Venegas dictamine la inconstitucionalidad del pago que hacen los exportadores al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) para que éste realice la función de inspección y certificación fitosanitaria que permite comercializar la fruta. La tarifa por este servicio-cuyo monto fue fijado por decreto en 1990- fue rebajada en 2008 tras un fallo de Contraloría. Sin embargo, los exportadores continuaron considerándola inconstitucional. De hecho, en paralelo al proceso que se desarrolla en el TC, los exportadores también presentaron una demanda en el Séptimo Juzgado Civil por unos US$ 108 millones por este motivo. En su alegato ante los ministros del Tribunal, el abogado representante de los exportadores del estudio Schweitzer y Cía, Germán Concha, manifestó que «las tarifas que cobra el SAG constituyen un tributo y que en ese carácter deben ser fijadas mediante una ley, situación que no ocurre en la actualidad». Según el profesional, el decreto mediante el cual se establecieron los cobros, que fue impugnado ante el TC, permite a las autoridades fijar un precio que puede ser arbitrario. La defensa del Estado La mesa constituida por los ministros Juan Colombo, José Luis Cea, Raúl Bertelsen, Hernán Vodanovic y Mario Fernández, entre otros, escuchó también la exposición y defensa del fisco. María Eugenia Manaud, abogada del Consejo de Defensa del Estado (CDE) en representación del SAG, refutó la postura de los agricultores, expresando que el cobro «no es un tributo, porque no tiene ninguna de las características jurídicas exigidas...

Impuesto Adicional en juicio

Nuevo revés en tribunales: Corte confirma nueva millonaria multa contra multitiendas Johnson’s Según cercanos al CDE, debería cancelar US$ 7 millones, que se suman a US$ 15 millones de una sentencia anterior. X. Pérez y J. Troncoso A los cerca de US$ 15 millones que debería cancelar Johnson’s por concepto de impuestos impagos, luego de que la Corte de Apelaciones confirmara un cobro del Servicio de Impuestos Internos (SII) el 1 de octubre pasado, ahora se sumarán aproximadamente US$ 7 millones. Este nuevo monto (explican cercanos al Consejo de Defensa del Estado) corresponde a un periodo de liquidaciones aplicadas por el organismo a la empresa, las que fueron confirmadas por el tribunal de alzada capitalino. La deuda corresponde al no pago de impuestos adicionales, luego de que en 1993 Johnson’s -firma controlada por Marcelo Calderón- suscribiera un contrato con la sociedad Import Analysts, con domicilio en Miami, mediante el cual -entre otras funciones- le encargaba el muestreo y análisis de productos para la importación en el mercado de Asia. Esa materia está exenta de pago de impuesto adicional, pero según acreditó el SII, se hicieron otras operaciones no excluidas del mencionado tributo, las que luego Johnson’s pretendió calificar como muestreo y análisis. En el fallo de la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones, los ministros Cornelio Villarroel, la fiscal judicial Marta Jimena Pinto y el abogado integrante Enrique Pérez ratificaron que los pagos por los servicios prestados por Import Analysts Inc. como asesoría, según convenio suscrito con fecha 17 de septiembre de 1993 y protocolizado el 14 de octubre de 2003, no constituyen comisiones, sino que asesorías. Por ello, están gravados con el Impuesto Adicional, contemplado en el artículo 59, inciso primero, de la Ley de la Renta, reza el dictamen. La resolución agrega que «en base al análisis de la documentación se arriba a la conclusión que...

Sin propuesta tributaria de cambio Piñera, Frei ni MEO.

Asesores presidenciales coinciden en mantener incentivos tributarios Carolina Castro, Diario Financiero Online Un claro consenso en mantener las medidas de estímulos tributarios que ha impulsado el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, para potenciar la recuperación económica del país, evidenciaron las propuestas de los asesores de los candidatos presidenciales que expusieron en un foro organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes. «Sería mucho, en el contexto en el que estamos, retirar también el estímulo tributario», afirmó Hernán Cheyre, asesor de Sebastián Piñera. Según el economista, a la disminución del gasto público no se debería sumar el retiro de las medidas actualmente vigentes. En ese este sentido Cheyre propuso más bien «una etapa de transición», en la que por ejemplo el gravamen de timbres y estampillas se mantenga sólo en un 0,6%, así como mantener los descuentos en los pagos provisionales mensuales (PPM) que las empresas realizan a cuenta del impuesto a la renta. En tanto, en cuanto a un posible gobierno del empresario, señaló que el objetivo no será aumentar el tamaño de lo recaudado, sino que hacer más eficiente su distribución. Con esta visión coincidió el asesor de la candidatura del senador Eduardo Frei, Medardo Lagos. El abogado señaló que «la coyuntura actual donde recién estamos saliendo de la crisis, no es el momento oportuno para retirar los estímulos y menos para aumentar los impuestos». Agregó que por ahora la candidatura del ex presidente no prevé ningún cambio en materia tributaria, pues «hay que ganarse el derecho a hacerlo». Señaló, que una de las áreas donde sí se pondrá énfasis en un eventual gobierno será en la disminución en la evasión y elusión de impuestos. Por su parte, Luis Casado, por Jorge Arrate, afirmó que ellos serían partidarios de mantener los incentivos tributarios «en la medida que sigan entregando beneficios a las personas»...

Rebajas contra impuestos personales

Información entregada por la consultora Deloitte sobre la base de su red a nivel internacional: Los beneficios tributarios de los contribuyentes en las principales economías del mundo Rebajas en gastos de salud, ganancias por acciones y hasta cuidados de niños hay en otros sistemas impositivos. Estados Unidos y Francia son algunos de los países que presentan las deducciones más atractivas para las personas. Estados Unidos Estados Unidos es uno de los países más fructíferos en beneficios tributarios. Primero, porque los contribuyentes norteamericanos tienen derecho a una deducción estándar de su renta bruta al calcular la renta imponible o pueden hacerlo a través de un detalle de sus deducciones. Este año, la deducción estándar de los casados que declaran en forma conjunta es de US$ 11.400, mientras que para los jefes de hogar la deducción alcanza los US$ 8.350. Los solteros o casados que declaran en forma individual tienen una deducción de US$ 5.700. Aquellos contribuyentes con gastos deducibles documentados que superan estos montos anteriores deben detallarlos para deducir el monto más alto. Hay algunos gastos que caen en esta posibilidad de deducción detallada, como impuestos estatales o locales pagados, intereses sobre préstamos para realizar inversiones e intereses por préstamos hipotecarios. Asimismo, se pueden deducir los gastos médicos que superan el 7,5% de la renta bruta ajustada, las pérdidas por robos y siniestros que superan determinada cantidad de dinero, costos de capacitación y cuotas sindicales, entre otros. Brasil Entre las rebajas que se permiten están los impuestos por seguro social pagados por el empleador; los aportes a los planes de pensión privados brasileños, de hasta 12% de los ingresos brutos -pero siempre que también se hagan al seguro social oficial-; los pagos por pensión alimenticia, y una rebaja mensual estándar equivalente a US$ 72 por carga familiar. Asimismo, la estructura tributaria brasileña permite rebajar pagos hechos para gastos educacionales (con...

Sistema tributario chileno: la opinión de Deloitte

Equidad y eficiencia tributaria En muchos países se ha buscado la forma de introducir mayor equidad en el pago de impuestos a través de franquicias. Entre las más «populares» está descontar gastos asociados con la salud, educación o vivienda, y aquellos incurridos para generar renta. Los mecanismos utilizados van desde descontar montos prefijados en relación con las cargas familiares, hasta complejos sistemas que incluyen la presentación de cada documento necesario para justificar cada una de las rebajas. Sin polemizar sobre la mayor o menor equidad de los sistemas tributarios, lo cierto es que mientras más complejo, mayores son las posibilidades de que aumente su ineficiencia en términos de recaudación. Está comprobado que mientras más franquicias, exenciones, impuestos específicos o diferencias de tasas, más difícil es la fiscalización, y por ende, aumenta la evasión. Sólo un par de ejemplos: hay países que «incentivan» la educación eliminando el IVA a los textos escolares. Como resultado, se venden muchos más textos que en países donde estos sí pagan IVA. Pero ¿realmente en esos países se compran más textos escolares? La respuesta es no. Lo que pasa es que se venden muchos libros «como si fueran» textos escolares. Y para evitar esta evasión, se deben destinar enormes sumas de dinero y muchas horas profesionales a fiscalizar. También es usual encontrar sistemas donde las personas naturales tributan con tasas más altas que las empresas o sociedades, aun cuando realicen las mismas actividades. En esos países, los servicios y actividades son mayoritariamente prestados por empresas formadas por personas, que o son los únicos dueños, o tienen un 99% de los derechos o acciones. Para ser eficiente, un sistema tributario debiera basarse en muy pocos impuestos, simples de entender y de cumplir y, sobre todo, sin franquicias ni exenciones. En este contexto, el ideal es un impuesto a la renta con tasa fija y un IVA...

Aprobación de Secreto Bancario en Senado

Norma que regula la información tributaria y levanta el secreto bancario: Gobierno prevé cerrar el ingreso a la OCDE el 15 de diciembre tras la aprobación de ley clave Delegación encabezada por el asesor legal del organismo internacional vendrá a Chile en noviembre. Gustavo Orellana V. La Cámara de Diputados despachó ayer a ley el proyecto de intercambio de información tributaria -que, entre otros aspectos, levanta el secreto bancario- y permitió cumplir así con el último requisito para que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) admitiera la postulación chilena a la organización. El hecho se constituyó en un verdadero triunfo para el gobierno, más allá de la modernización legal, porque con la ley aprobada ayer se allana el camino para que Chile pase a sumarse al llamado «club de los países ricos», que integran las 30 economías más desarrolladas del mundo. El Ejecutivo, de hecho, ya puso fecha para un eventual ingreso a la entidad, lo que -de no mediar sorpresas de última hora- sucedería en la reunión del comité de representantes del 15 de diciembre próximo en París. La fecha -el primero en ponerla en circulación fue el ministro secretario general de la Presidencia, José Antonio Viera-Gallo, a través de Twitter – fue confirmada por la coordinadora de las negociaciones entre Chile y la OCDE, Karen Poniachik, quien señaló que todo quedará sellado en la visita de una delegación de la organización al país, la que se concretará el próximo 9 de noviembre. «El consejo de la OCDE, que reúne a los representantes de los 30 países miembros, tiene que analizar el cumplimiento de los requisitos por parte de Chile. Ese comité se reúne el 15 de diciembre en París. Antes de eso, entre el 9 y el 12 de noviembre, viene una delegación encabezada por el asesor legal de la OCDE, Nicola Bonucci,...

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