Amplian Cargos contra PWC por La Polar

Abogados de la administradora presentaron una solicitud al organismo: AFP Provida pide a SVS ampliar cargos contra PwC por caso La Polar En el escrito se señala que la formulación realizada por la Superintendencia se basa en artículos vigentes desde 2010 y que no recogen los hechos de los años anteriores. Julio Pizarro V. Los abogados de AFP Provida, Pedro Pablo Gutiérrez y Juan Francisco Asenjo, presentaron un escrito solicitando a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) ampliar los cargos formulados contra PwC (ex PricewaterhouseCoopers) y su socio Luis Alejandro Joignant por el caso La Polar. PwC auditó a la multitienda entre 2007 y 2010, período en que habrían concretado las irregularidades en el negocio de crédito de la empresa. Por lo mismo, el 13 de julio pasado, el organismo liderado por Fernando Coloma presentó cargos por supuestas faltas a las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas e infracciones a los artículos 239, 240, 246 y 248 de la Ley de Mercado de Valores (que establece las labores de las firmas de auditoría externa). Estos artículos fueron incluidos en el cuerpo legal y entraron en vigencia recién en enero de 2010, lo que según los abogados de la administradora «no es concordante ni con los demás cargos formulados ni con los antecedentes públicos conocidos hasta ahora en relación con este caso, los que dan cuenta de que las prácticas irregulares dentro de Empresas La Polar S.A. se remontan, al menos, al año 2006». Debido a lo anterior, en el escrito ingresado la semana pasada a la SVS, se solicita incluir otras posibles infracciones a disposiciones legales que están vigentes con anterioridad a 2010. Por ejemplo, las establecidas en la Ley N° 18.046 de Sociedades Anónimas y sus reglamentos. En específico, se menciona el artículo 55 y siguientes del reglamento de dicha ley, que menciona como una de las funciones...

Chile 21 propone subir Primera Categoría al 20%

PROPUESTA DE REFORMA TRIBUTARIA DE LA FUNDACIÓN CHILE 21 1. Introducción: ¿Por qué Chile requiere una reforma tributaria? Se requiere un mayor gasto público. En efecto, a. La educación es una catástrofe. Se puede avanzar mucho con esfuerzos de gestión pero es inevitable un aumento sustancial del gasto. Lo que el país gasta en este ámbito no se compara con lo que gastan los países desarrollados y emergentes. b. La calidad de la salud está por debajo de lo que los chilenos se merecen. El informe MINSAL – Banco Mundial es categórico. Baste señalar que falta un 40% de los especialistas en el sistema público. La decisión de sustituir inversión pública en hospitales y equipos por compra al sector privado está aumentando el déficit en el sector. c. En el ámbito productivo hace ya algunos años que la productividad general de factores tiende al estancamiento. El gasto en investigación y desarrollo no se condice con los requerimientos para avanzar hacia el desarrollo. La investigación en las universidades es precaria. Todo ello está a la base de la caída del ritmo de crecimiento promedio de la economía en los últimos años bajo la Concertación. Esto es una conclusión clara de diversos informes internacionales. El país ha dejado en evidencia por múltiples vías que la desigualdad que impera resulta intolerable. Por tanto, la equidad debe ser incorporada como criterio central del debate tributario. Es necesario ampliar el marco de referencia de la discusión tributaria. La eficiencia de las medidas y su impacto en la inversión y la eficacia de la recaudación son importantes. No obstante, son también relevantes las consideraciones desde el punto de vista de la equidad. Es en consecuencia indispensable considerar los siguientes aspectos. Nuestra estructura tributaria es muy regresiva. La incidencia del IVA en el total de los ingresos tributarios fue del 45,1% en 2008 (la incidencia había...

TTA

Ya nombrados de Temuco al Sur y de Coquimbo al Norte, los jueces de la nueva justicia tributaria, imparciales e independientes, al menos en el papel, ya han producido algunos fallos definitivos que pueden encontrarse en la página tta.cl

Cuenta Pública 2011

El director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Julio Pereira, anunció ayer nuevas medidas para reducir la evasión en el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que de acuerdo a cifras preliminares ascendió a 16% el año pasado. En su cuenta anual, el ente fiscalizador anunció que implementará un programa que permitirá incrementar la captura de datos, los cruces de información y los análisis para verificar el correcto pago de este gravamen. El plan piloto comenzará el próximo mes y la operación completa en junio. Algunas medidas que forman parte de este plan son el chequeo de las declaraciones de IVA empleando la información que terceros proporcionan al SII; la utilización de datos sobre cambios de sujetos, declaraciones juradas de compra y ventas y facturas electrónicas; el procesamiento y control de los libros de compra y ventas; y la generación de nuevos controles de validación del pago de IVA, impuesto que representó un 47% de los ingresos tributarios el año pasado. En 2010, el fortalecimiento de los procesos de control se tradujeron en un 26% de mayores rendimientos por acciones de fiscalización, lo que significó US$ 414 millones más que en 2009. Esta cifra forma parte de los US$ 37.400 millones de ingresos tributarios registrados el ejercicio pasado. Proyecto de ley Otro de los anuncios que hizo el SII es el pronto envío del proyecto de ley sobre precios de transferencia y la creación de una unidad de tasación en el SII precisamente para apoyar la fiscalización en esta materia. Los abogados tributarios Franco Brzovic, del estudio Pérez Donoso, y Fernando Leigh, de Ernst&Young, destacaron el anuncio realizado por la autoridad y explicaron que este cambio normativo implicará un «gran esfuerzo» para las empresas, las que deberán prepararse para las fiscalizaciones que haga impuestos internos respecto de los precios que transan con su casa matriz o con firmas...

Precios de Transferencia y el SII

El SII ha notificado a diversos exportadoras para solicitar información sobre Precios de Transferencia. La materia fue incorporada a nuestra legislación por la ley Nº 19.506 de 1997, y ya el anterior director del SII, Ricardo Escobar, señaló en algún momento de su mandato de cuatro años, la necesidad de fiscalizar estos valores. Los precios de transferencia es la denominación técnica para los montos pagados, normalmente al exterior, con el objeto de disminuir la tributación de una empresa o grupo de empresas. Desde 1997, en que se dictó la normativa respectiva, el SII ha entrenado personal para estas labores, incluso en el exterior, sin que en el práctica la fiscalización en la materia haya sido realmente notada por los contribuyentes. En países de la región, es corriente la información periódica sobre el tema, así como la actividad más decidida de la Administración Fiscal en su pesquisa, pero en Chile, la fiscalización que se comenta es la primera de volumen importante como para considerarse seria y sistemática. El Ministerio de Hacienda, que tiene por susbsecretario a un profesor de Derecho Tributario de la Universidad Católica, ha indicado que existe un proyecto de ley sobre la materia, cuyo contenido aún no se da a conocer pubicamente. El diario financiero incluyó la noticia sobre el tema en su edición del martes 15 de febrero de 2011. derechotributario.cl reflexión...

Proyecto de Derivados Financieros avanza en Congreso

Jueves 3 de marzo de 2011 | 05:00  Listo para ser votado en Sala de la Cámara de Diputados quedó el proyecto que regula el tratamiento tributario de los instrumentos derivados, luego que la iniciativa fuese aprobada por la comisión de Hacienda, instancia en la cual participó y expuso el ministro de Hacienda, Felipe Larraín. 
 Según el secretario de Estado, “para Chile, que es un país con un tipo de cambio flexible , donde hay fluctuaciones en el valor de la moneda, esta es una manera de dar una seguridad para que un exportador, que vende en dólares, pueda garantizar cuál será su ingreso en pesos en algunos meses más”. 
El mercado de derivados -forwards, futuros, swaps, opciones y combinaciones de aquellos- es regulado por circulares e interpretaciones del Servicio de Impuestos Internos (SII). Lo anterior, genera incertidumbre tributaria para las transacciones de derivados, toda vez que pueden ser catalogadas por el SII como de cobertura o especulación, con consecuencias tributarias distintas. Comisión de Hacienda despachó proyecto sobre derivados Diario finaciero, 3 de marzo de 2011. Véase en este sitio: «Proyecto de Ley regula Derivados», con el texto planteado al Congreso...

Nueva Ley establece diario oficial en internet y concede derechos en el primer timbraje

LEY N° 20.494 (D.O 27.01.2011): Derechos en Facturación Electrónica: «Artículo 2°.- Incorpórase, en el Párrafo 4°, “Derechos de los Contribuyentes”, del Título Preliminar del Código Tributario, los siguientes artículos 8° ter y 8° quáter, nuevos: “Artículo 8° ter.- Los contribuyentes que opten por la facturación electrónica tendrán derecho a que se les autorice en forma inmediata la emisión de los documentos tributarios electrónicos que sean necesarios para el desarrollo de su giro o actividad. Para ejercer esta opción deberá darse aviso al Servicio en la forma que éste determine. En el caso de los contribuyentes que soliciten por primera vez la emisión de dichos documentos, la autorización procederá previa entrega de una declaración jurada simple sobre la existencia de su domicilio y la efectividad de las instalaciones que permitan la actividad o giro declarado, en la forma en que disponga el Servicio de Impuestos Internos. Lo anterior es sin perjuicio del ejercicio de las facultades de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos. Las autorizaciones otorgadas conforme a este artículo podrán ser diferidas, revocadas o restringidas por la Dirección del Servicio de Impuestos Internos, mediante resolución fundada, cuando a su juicio exista causa grave que lo justifique. Para estos efectos se considerarán causas graves, entre otras, las siguientes: a) Si de los antecedentes en poder del Servicio se acredita no ser verdadero el domicilio o no existir las instalaciones necesarias para el desarrollo de la actividad o giro declarado. b) Si el contribuyente tiene la condición de procesado o, en su caso, acusado conforme al Código Procesal Penal por delito tributario, o ha sido sancionado por este tipo de delitos, hasta el cumplimiento total de la pena. c) Si de los antecedentes en poder del Servicio se acredita algún impedimento legal para el ejercicio del giro solicitado. La presentación maliciosa de la declaración jurada a que se refiere el inciso...

Deloitte requiere tributaristas

La Consultora Deloitte se ha unido a los requirentes de profesionales para el área con aprox. cinco años de experiencia con un aviso publicado en el El Mercurio, el día domingo 16 de enero de 2011. El Servicio Nacional de Aduana, también demanda abogados para su área de litigios,con aviso en el mismo diario, probablemente influenciada por los resultados de los nuevos litigios de los Tribunales Tributarios de la zona norte, que poseen un fuerte componente aduanero. Con la salida de Adolfo Sepúlveda, socio principal que se mudó a la Universidad de las Américas, para crear el Centro de Asuntos Tributarios, quedan en la consultora, Alvaro Mecklenburg, abogado y Carlos Muñoz S., auditor, como socios, además del proverbial Anthony Cook, dedicado a los temas tributarios internacionales....

Dirección del Manual de Consultas Tributarias cambia Director

A continuación Editorial del Número 397, de enero de 2011: » Editorial Anuario 2010, Manual de Consultas Tributarias Tal como señalé en mi primer Editorial, de Septiembre de 2007, es un privilegio dirigir el órgano de difusión en Derecho Tributario Chileno de mayor tradición y más antiguo de nuestro país. Con el ejemplar que el lector tiene en sus manos, cerramos un ciclo, al cumplir 3 años y cuatro meses al frente del Manual de Consultas Tributarias. En aquel entonces planteamos que la publicación de oficios y circulares, con copia y recorte, ya no parecía suficiente para el medio. Agregamos el trato sistemático de temas fundamentales, con sentido crítico, y en cada número, proporcionamos preguntas y ejemplos. Sugerimos un resumen anual que describiera y comentará lo más importante del año, publicado en enero de cada año como anuario, idea recientemente seguida por una Universidad Privada. Entre los temas tratados estuvieron: Los gastos necesarios, la tributación de remuneraciones, los servicios en el IVA, las rentas presuntas, el crédito fiscal en el IVA y la tributación de la actividad agrícola. Asimismo, recibimos la colaboración de destacados Tributaristas, tales como, Pedro Massone, Germán Campos, Ignacio Melo, Antonio Faúndez, Isabel Veliz, Juan Pablo Orellana, Jaime García, Paula Ramirez, Alex Córdoba y muchos otros que, restando el tiempo a sus actividades académicas o profesionales, quisieron aportar al desarrollo del Derecho Tributario Chileno. En el 2010, algunos autores desarrollaron los temas más ampliamente, y nos pudimos beneficiar de ello en nuestras publicaciones monográficas. Finalmente, el Manual no habría sido posible sin la colaboración permanente, al interior de Legalpublishing, de Leyla Levil y Carlos Ara, así como de todos lo que colaboraron con mayor o menor intensidad en cada número, en su redacción final y su publicación. Especialmente, agradezco la invitación a participar que me hiciera Solange Mena y su apoyo todo este tiempo. Mis agradecimientos...

Ex Autoridades de Hacienda y Tributaria representan a sector minero

De acuerdo a La Tercera,(11 de enero de 2011) María Olivia Recart ex subsecretaria de Hacienda ha asumido responsabilidades en BHP Billiton La Escondida, y por su parte, el ex Director de Impuestos Internos, Ricardo Escobar, representa al Consejo Minero, compuesto por las mineras más importantes, por medio de su puesto en la consultora Ernst and Young (La Tercera, 8 de enero de 2011)....

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