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SII recurre a C. Suprema por Secreto Bancario

El SII interpuso un recurso de casación en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que negó el trámite de la consulta, según se informó por fuentes confiables. La defensa de los Bancos es realizada por los Abogados Tavolari y Harasic.

Comienza Negociación con AFIICH

Lunes 22 de septiembre de 2008 Director del Servicio de Impuestos Internos, Ricardo Escobar, cuenta que se está viendo el esquema en su conjunto Escobar y el plan de modernización del SII: «Vienen decisiones importantes con el Presupuesto 2009» Sobre las expectativas salariales de los funcionarios, la autoridad tributaria dice que ahora empezará esa parte de las negociaciones. EDUARDO OLIVARES C. Tres reuniones ha sostenido la mesa tripartita que revisa el plan de modernización del Servicio de Impuestos Internos (SII), remecido a inicios de mes por dos semanas de paro de los funcionarios tras el anuncio de que dicho plan sería postergado por la política de austeridad fiscal del Gobierno. Por un lado, los representantes de Hacienda y la Dirección de Presupuestos; por otra, la dirección del servicio, con Ricardo Escobar a la cabeza; la tercera pata son los dirigentes de las dos organizaciones de empleados. Escobar intenta que el trabajo de modernización se cumpla bien, con acuerdo de todos. Espera que la negociación concluya a fines de octubre. «Si la primera etapa de conversación tenía que ver con el diagnóstico de la situación del servicio y de lo que se desea hacer en adelante, en términos conceptuales y de negocios, a continuación viene una etapa de conversaciones sobre aspectos presupuestarios del 2009, porque en este mes debe cerrarse ese proceso. Después vienen otros aspectos que quedarán para el 2010 o para legislación especial u otras decisiones. Ahora vienen momentos de decisiones importantes para lo que tenga que ver con el Presupuesto 2009». -En algún minuto no había claridad de platas para 2009… «No necesariamente, porque el proceso presupuestario de 2009 se venía trabajando con la dirección del servicio. Ahora lo que se está haciendo es trabajarlo teniendo en vista también el plan en su conjunto, y no sólo el 2009 aislado del plan». -¿Qué ocurre con el esquema...

Aduana verá aumentar litigiosidad tributaria

Directores de servicios abordan cambios y desafíos de judicatura que partirá a fines de 2009 SII y Aduanas aterrizan las claves de cómo operará la nueva justicia Dos abogados fueron quienes encabezaron durante los últimos años la tramitación del proyecto que perfecciona la justicia tributaria y aduanera, Ricardo Escobar del Servicio de Impuestos Internos (SII) y Sergio Mujica de Aduanas. Iniciativa que desde 2002 estaba en trámite legislativo y que el 10 de septiembre fue aprobada por el Senado. Escobar y Mujica están satisfechos con los resultados, principalmente porque esta propuesta llevaba seis años en discusión parlamentaria y pese al consenso que existía en el mercado sobre la necesidad de una justicia independiente en estas materias su aprobación fue un tarea difícil. “Clave fueron el nivel de coordinación, complementariedad y trabajo en equipo. No es que el SII haya estado a cargo de la parte tributaria y yo de la aduanera, estábamos los dos en este proyecto”, dice Mujica. En tanto, en relación a las modificaciones que introduce esta judicatura, Escobar señala que “la más importante es que la persona que queda a cargo de juzgar las diferencias entre un importador o un contribuyente es un tercero independiente y especializado. Lo fundamental es que dejamos de ser juez y parte”. Instancias previas Más en detalle, Escobar sostiene que otro de los cambios que se introduce “se refiere a aspectos procesales como la consagración de un sistema de reconsideración administrativa, el que es voluntario para el contribuyente. Están también las modificaciones de los plazos para reclamar con el fin de dar más espacio al procedimiento que busca llegar a un acuerdo sin necesidad de ir a juicio”. Esta etapa, afirman ambos directores, es una pieza clave, ya que la idea es evitar un atochamiento del sistema. De hecho, Mujica reconoce que vendrá una avalancha de causas importante. “Sabemos que tenemos...

Proyecto de Ley modifica 14 bis LIR

Importantes modificaciones al artículo 14 bis, contiene el Proyecto de Ley que rebaja el impuesto a los combustibles, elmina el impuesto de timbres para determinadas operaciones y modifica el art. 14 bis. El proyecto esta a punto de ser aprobado en el Congreso y se transcribe a continuación. Proyecto de Ley MENSAJE Nº 749-356 SANTIAGO, septiembre 3 de 2008. Artículo 2°.- Introdúcense, a contar del día 1° de enero de 2009, las siguientes modificaciones a la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974: 1) Modifícase el artículo 14 bis, de la siguiente forma: a) Modifícase el inciso primero, de la siguiente manera: i) Reemplázanse las expresiones “cuyos ingresos por ventas, servicios u otras actividades de su giro, no hayan excedido un promedio anual de 3.000 unidades tributarias mensuales en los últimos tres ejercicios”, por las siguientes expresiones: “cuyos ingresos anuales por ventas, servicios u otras actividades de su giro en los últimos tres ejercicios no hayan excedido de 5.000 unidades tributarias mensuales, y que no posean ni exploten a cualquier título derechos sociales o acciones de sociedades, ni formen parte de contratos de asociación o cuentas en participación en calidad de gestor”; y ii) Reemplázanse las expresiones “Para efectuar el cálculo del promedio de ventas o servicios”, por las expresiones “Para efectuar el cálculo de ventas o servicios”. iii) Agréganse, entre la expresión “mes” y el punto aparte (.), las siguientes expresiones: “y el contribuyente deberá sumar, a sus ingresos, los obtenidos por sus relacionados en los términos establecidos por el artículo 20 Nº 1 letra b) de la presente ley, que en el ejercicio respectivo se encuentren acogidos a este artículo”; b) Sustitúyanse, en el inciso noveno, las expresiones “lo dispuesto en el inciso primero, que en los últimos tres ejercicios comerciales tengan un promedio anual de...

Aprobado Nuevo Tribunal Tributario

La Cámara aprobó, por 96 votos, las modificaciones del Senado al proyecto que fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria. De esta forma, la iniciativa quedó en condiciones de convertirse en ley. La iniciativa (boletín 3139), busca fortalecer y perfeccionar la jurisdicción tributaria y de aduanas, para la correcta y equitativa aplicación de estas normas, con la máxima eficiencia en la tramitación de los juicios, el debido resguardo del interés fiscal y de los derechos de los contribuyentes. El texto crea la Ley Orgánica de Tribunales Tributarios y Aduaneros, donde se establece una jurisdicción independiente de los Servicios involucrados. De esta forma, tanto los jueces como todo el personal de los tribunales que se crean dejan de ser parte de la Aduana o del Servicio de Impuestos Internos. Se crean 18 Tribunales Tributarios y Aduaneros de primera instancia, 14 de ellos en Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, La Serena, Valparaíso, Rancagua, Talca, Concepción, Temuco, Valdivia, Puerto Montt, Coyhaique y Punta Arenas, con un juez y jurisdicción en la región respectiva. En la Región Metropolitana, se crean 4 tribunales. 3 de ellos tendrán un juez cada uno, mientras que el cuarto tendrá dos magistrados. Estos tribunales especiales tendrán la facultad de conocer, en forma exclusiva y excluyente, las reclamaciones que presenten los contribuyentes en contra del Servicio de Impuestos Internos y del Servicio Nacional de Aduanas. En las plantas de cada uno de los nuevos Tribunales, se contempla un cuerpo de «resolutores letrados», los que deberán ser abogados, cuya función será la de colaborar con el juez en la tramitación de los procesos y preparación de las sentencias. También se crean «Profesionales Expertos», quienes deberán poseer un título profesional de una carrera de a lo menos 10 semestres de duración, con conocimientos especializados en materia tributaria, quienes también colaborarán en la labor de resolución de las causas. Tanto los jueces como los...

Corte rechaza Revisión de Secreto Bancario

La cuarta Sala de la Corte de Apelaciones, rechazo la revisión de la Resolución 120, que establecía la obligación de información por los Bancos. Con esto, los abogados que impugnaron la resolución del SII representando a los Bancos, Harasic y Tavolari, logran evitar que se revise la resolución del Tribunal de Primera Instancia que había rechazado el mandato del SII. La sentencia de Primera Instancia que rechazó la resolución 120, no fue apelada oportunamente, lo que le costó la salida a la Jefatura del área en ese entonces. Pese a quedar el recurso del SII fuera de plazo, igualmente se logró que la Corte aceptará revisar la sentencia, trámite que la Cuarta Sala en final revirtió con la sentencia que comentamos. derechotributario.cl reflexión...

Termina Paro del SII

Con el compromiso de implementar el plan Escobar dentro de los próximos dos años, los gremios del SII retornaron a sus labores. El acercamiento se produjo gracias al Diputado Montes e involucra acuerdos escritos de Hacienda para llevar adelante el Plan de Modernización. derechotributario.cl reflexión...

Tribunal Tributario y Juicios Nulos

Camara de Diputados busca no realizar más indicaciones a Proyecto de Tribunales Tributarios (Proyecto Escobar), para evitar un trámite adicional consistente en la creación de una Comisión Mixta con el Senado. El Diputado Tuma, planteó la necesidad de solucionar la situación de las más de ochocientas causas anuladas por la delegación inconstitucinal del Juez Tributario. derechotributario.cl reflexión...

Corte Suprema rechaza vigencia de Impuesto al Lujo

Tras fallo de la Corte Suprema: Fisco pierde batalla en caso de impuesto al lujo Estado deberá devolver dineros recaudados a un particular. El impuesto al lujo que por años pagó el sector automotriz dejó de existir en 2007. Pero su vigencia en años previos está generando nuevamente efectos: es que ayer un fallo unánime pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, dio la razón a Jorge Miguel Otero -actual socio de la consultora B2O- quien desde 2001 lideró una ofensiva legal para lograr la derogación del gravamen. Ese año entabló una demanda ordinaria tras la internación de dos Honda provenientes de Canadá: un Acura y un Odyssey. El fundamento de su acción legal -fallada en primera instancia en 2002- fue que en virtud del Tratado de Libre Comercio con Canadá no correspondía el pago del impuesto al lujo, pues se trataba de un impuesto a la importación incompatible con lo pactado en el acuerdo comercial suscrito. El Fisco, en cambio, sostenía que era un gravamen interno. El dictamen de última instancia que ayer dio la razón a Otero aborda el fondo de la controversia y deja a firme la sentencia de primera instancia que ordenó al Fisco devolver los dineros cobrados en impuestos por ambos automóviles: US$ 18.553 más intereses, explicaron Otero y su abogado Juan Carlos Silva, quien alegó la causa. «Al decidir mantener el pago de la tributación … se ha producido la contravención formal al artículo C-18 del TLC Chile Canadá», sostiene el fallo. Pero más allá de este caso, el fallo podría tener consecuencias para las arcas fiscales: como el mismo fallo acogió la tesis de prescripción de 5 años, otros importadores que hayan traido vehículos y pagado el impuesto entre septiembre 2003 y diciembre de 2006 (de ahí en adelante el impuesto quedó en 0%), podrían iniciar acciones legales en busca...

Tributación de Espectáculos Internacionales.

Ley vigente los exime del impuesto por considerar que son un aporte cultural para el país: Ni el Cirque du Soleil ni Soda Stereo: megaespectáculos no pagan IVA en Chile ANDREA SIERRA Entradas con precios que van desde $24 mil a $108 mil. Más de 150 mil espectadores en 55 funciones. Según cálculos de Time for Fun -la empresa que trae al Cirque du Soleil-, el megaevento extranjero recaudará nada menos que US$ 10 millones en su paso por Santiago. Y no pagará IVA (19%) al fisco chileno por los tickets vendidos. Tampoco lo hizo Soda Stereo, que reunió a más de 120 mil personas en dos conciertos en el Estadio Nacional, ni Marco Antonio Solis, ni Roger Waters, ni Marc Anthony. Y la lista suma y sigue, e incluye a artistas como Charles Aznavour y Michael Bolton. Todos estos megaeventos internacionales se acogieron a una ley (la 825, de 1974, en su artículo 12) que exime del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) «a los ingresos percibidos por concepto de entradas de los espectáculos y reuniones que por su calidad artística y cultural cuenten con el auspicio de los ministerios de Educación y de Cultura». Y para obtenerlo basta con tener el apoyo de la respectiva embajada, ser parte de programas de intercambio o de extensión cultural de sus gobiernos o estar patrocinado por instituciones educacionales o culturales extranjeras de prestigio, dice la normativa. Artistas chilenos, indignados Con esos documentos en mano, comienza a operar la ley y no hay discriminación. Es decir, todos los megaespectáculos pueden acceder a la rebaja de impuestos, independiente del aporte cultural medible que puedan hacer al país, explica la seremi de Cultura de la Región Metropolitana, Laura Pizarro, quien está encargada de dar el primer «vamos», que luego hace llegar al Ministerio de Educación para sellar la disposición impositiva. «Lo que...

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