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Royalty II disminuye tasa del Impuesto Adicional a inversionistas con Convenios

Mientras el Senado discute el proyecto denominado “Royalty II”, es el momento de cuestionarse cuál será la opinión de los países con los que Chile ha suscrito convenios internacionales frente a este nuevo impuesto a la renta. Se estima que la aprobación del “Royalty II”, en la forma propuesta, podría colocar a Chile en una situación de incumplimiento de sus compromisos internacionales. Chile, conjuntamente con la suscripción de los Tratados de Libre Comercio, ha avanzado eficientemente en la firma de “Convenios para Evitar la Doble Imposición” (Convenios) que establecen obligaciones y restricciones recíprocas a la facultad de los Estados de cobrar tributos a la renta. De esta manera, nuestro país ha suscrito Convenios bilaterales con Canadá, España, Reino Unido, Francia, Brasil, Noruega, Suecia, Nueva Zelandia, México, Dinamarca, Croacia, Polonia, Perú, Ecuador, Corea del Sur, Rusia y Malasia. En todos los convenios señalados, el gobierno chileno se ha comprometido a no alterar su sistema integrado de tributación. El sistema integrado de tributación consiste en que el Impuesto de Primera Categoría pagado por la empresa es completamente deducible, se resta o descuenta, del impuesto personal que corresponderá pagar a sus dueños o socios (Global Complementario o Adicional). Así, en los Convenios antes indicados, se consagra que el impuesto a la renta pagado por la empresa debe ser completamente deducible del impuesto de los dueños o socios de dicha empresa, residentes de un país con quien se ha suscrito un Convenio. Sin embargo, en el caso del proyecto de “Royalty II”, se modifica el sistema integrado de tributación, dado que el tributo especifico que se crea no es deducible en contra del impuesto que afecta al dueño o socio por las utilidades que recibe. Sobre el particular, es importante destacar que nuestro país ha sido crítico frente a las infracciones internacionales, como ha ocurrido en los casos de los salmones, del gas...

Somerville llama a aprobar Tribunales Tributarios independientes

Sería deseable que los actores que tienen injerencia en el proceso legislativo reactivaran lo antes posible la tramitación de la iniciativa legal que reforma la justicia tributaria. En la actualidad, el sistema chileno de justicia tributaria carece de la debida independencia. La primera instancia se encuentra en manos de los directores regionales del Servicio de Impuestos Internos. A esto debe sumarse que el nombramiento, la calificación y la remuneración del juez, los secretarios, los resolutores y el personal administrativo de la judicatura tributaria dependen del SII. Asimismo, también la segunda instancia es parte crítica en este sistema, debido a las excesivas demoras que presenta. Todo lo anterior hace difícil, en especial para las personas naturales y las empresas pequeñas y medianas, obtener el reconocimiento judicial de sus derechos en el ámbito tributario. Al respecto, y atendiendo la necesidad de contar con una justicia tributaria más independiente, en noviembre de 2002 el Ejecutivo envió al Congreso Nacional un proyecto de ley que contempla la creación de Tribunales Tributarios de primera instancia, y la especialización de las Cortes de Apelaciones en materias impositivas. En lo sustantivo, la iniciativa legal prevé que exista un Tribunal Tributario a cargo de un juez en cada una de las Direcciones Regionales del SII (16 en total), quienes deberán ejercer su competencia en su respectivo territorio jurisdiccional. Se exige que tanto los jueces tributarios como los abogados resolutores posean el título de abogado, y acrediten contar con especialización y experiencia en materias tributarias. A su vez se establece que pertenecerán al escalafón Tribunal Tributario del SII los funcionarios que ocupen el cargo de juez tributario, abogado resolutor y quienes sean nombrados como resolutores en los Tribunales Tributarios. Respecto de la segunda instancia, el proyecto propone que las Cortes de Apelaciones que consten de dos o más salas en funcionamiento ordinario deban designar una de ellas para...

Corte de Apelaciones reitera nulidad del Tribunal Tributario

En múltiples fallos con diversos fundamentos, varias salas de la Corte de Apelaciones de Santiago han nuevamente anulado las sentencias definitivas dictadas por el delegado del Director Regional del Servicio de Impuestos Internos. Si bien la posición de la Corte no es unánime, estas sentencias reavivan la total incertidumbre en que se encuentran los contribuyentes para la resolución de sus conflictos tributarios. Se transcriben dos fallos recientes. FALLO Juan Alfredo Miquel Santa Cruz con SII Santiago, ocho de abril de dos mil cinco. Vistos y teniendo presente: Se dedujo reclamo en contra de ciertas liquidaciones del Departamento de Fiscalización Regional correspondiente del Servicio de Impuestos Internos. Se resolvió el asunto controvertido por un Juez Tributario con facultades delegadas, cargo para el que fue designado por una resolución exenta. Considerando: 1º.- Que cuando las autoridades del Servicio de Impuestos Internos resuelven una reclamación de un contribuyente, en especial el Director Regional sobre la base de la competencia atribuida por el artículo 115 del Código Tributario, se está frente al ejercicio de la función Jurisdiccional y no se trata del agotamiento de la vía administrativa previa a recurrir a los tribunales. 2º.- Que la potestad antes indicada corresponde a la función jurisdiccional, por estar referida al poder que tiene el Estado para resolver los conflictos jurídicos particulares, mediante la aplicación de las normas objetivas que éste, por medio de sus órganos, estima pertinente disponer. De este modo, en la reglamentación del ejercicio de la jurisdicción deben obse rvarse las estipulaciones constitucionales correspondientes, en especial las referidas a los principios de legalidad, imparcialidad e independencia del órgano que conoce del juicio, como las que regulan sus bases fundamentales. 3º.- Que los artículos 6º, letra B, Nº 7, y 116 del Código Tributario, y 20 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, autorizan a los directores regionales del Servicio delegar el...

Royalty II llega al Senado

Estrategia de las mineras ya no es evitar el impuesto sino que mejorar su imagen. Faltan 24 horas para que el polémico proyecto de impuestos específicos a la minería, más conocido como royalty II, empiece a cumplir su trámite más complejo: el Senado. Y los parlamentarios lo esperan con ansias y no precisamente para aprobarlo con prontitud. Por un lado en el conglomerado de Gobierno las cosas no serán fáciles. A las ya polémicas y públicas divisiones entre los senadores de la DC, se agregan las distintas posiciones de parlamentarios del PS y PPD. Si bien todos coinciden en que el proyecto debe ser aprobado, asomarán los fantasmas de la Cámara de Diputados. Las famosas indicaciones que apuntan a no afectar a la mediana minería y la reasignación de los recursos para favorecer más aún a las regiones mineras serán el centro de la discusión. En tanto, en la Alianza por Chile las posiciones son diversas. Si bien a nivel parlamentario coinciden en que éste es un impuesto discriminatorio, muchos de los senadores aprobarán ciertos artículos relacionados mayormente con la invariabilidad tributaria de las mineras. Pero, tal como reconocen en el propio Gobierno, aunque la derecha rechazara el 100% de los artículos, si la Concertación actúa como bloque, el proyecto será aprobado de todas formas que es lo que busca el Ejecutivo. Así, si se sigue la cronología fijada por el Gobierno, el Presidente Lagos deberá entregar el 21 de mayo en su cuent a anual ante el Congreso el proyecto de royalty 2 aprobado y listo para ponerse en marcha durante 2006. Campañas Y aunque la mayoría de los parlamentarios oficialistas asegura que tiene reparos, lo cierto es que de todas formas el fondo del proyecto será aprobado. Y eso las mineras y los gremios del sector lo saben. Por un lado están resignados. Aseguran que el proyecto...

Estudio Royalty en Perú

Exposición sobre el Royalty en Perú elaborado por el Ministerio de Hacienda Peruano.

Royalty II: nuevas indicaciones de fiscalizacion

Con nuevo royalty, gobierno pone cortapisas a firmas que quieran eludir pago del tributo Evitar que las e mp resas reduzcan “ficticiamente” su margen operacional a menos de 8% para quedar exentos del pago del royalty; nuevas facultades para el Servicio de I mp uestos Internos (SII) y la reducción de 15 a 12 años del beneficio de invariabilidad tributaria, son los tres grandes cambios que se introdujeron en forma de indicación al proyecto de ley, que establece un nuevo tributo específico al sector minero. El miércoles en la tarde ingresó al Parlamento el conjunto de indicaciones que fue acordada entre el Ejecutivo –representados por los ministros de Hacienda y Minería, Alfonso Dulanto- y los diputados oficialistas de las respectivas comisiones. Si bien se mantiene la esencia del proyecto como es que se le cobrará un i mp uesto adicional de 5% a los nuevos proyectos mineros y aquellas e mp resas que se mantengan en el régimen de invariabilidad tributaria; y de 4% para las firmas que renuncien a este sistema, también se especifican nuevos temas. Es así como se establece que “cuando, al cierre del ejercicio respectivo, la relación entre la renta i mp onible operacional y los ingresos totales obtenidos de la venta de productos mineros del explotador minero, sea inferior a un 8%, la tasa del i mp uesto a que se refiere el inciso precedente se multiplicará por la fracción que resulte de dividir dicha relación por 8%”. Esto último i mp lica que si una e mp resa registra un margen operacional, por eje mp lo, de 4% se dividirá por el 8% y ese resultado, a su vez se divide por el 5% fijado como royalty, por tanto, dicha co mp añía tendrá que pagar un i mp uesto de 2,5%. Fiscalización Respecto del SII, se especifica la entrega de una nueva...

Error en Ley de Royalty permite a Escondida evitar pago

El ministro de Hacienda, Nicolás Eyzaguirre, ratificó ayer que si Escondida no accede a pagar el royalty, el gobierno podría enviar otra ley para hacer cumplir el tributo minero. De acuerdo al secretario de Estado, “todo el resto de los socios que paga 35% deben pagar royalty. Así se lo hemos expresado a Escondida, ellos quedaron en contestar”. Por ello, señaló que “si la respuesta que yo espero es afirmativa, se entiende que ellos deben pagar royalty, el problema llega hasta ahí. Si es negativa, nosotros entendemos que la ley es clara respecto de que deben pagar royalty, pero para mayor ahondamiento deberíamos enviar otra ley que lo hiciera aún más claro”. Eyzaguirre explicó que existe una equivocación en los argumentos que dan los socios de la minera para no pagar el royalty. Y es que uno de sus accionistas, Jeco Corporation, que tiene el 12,5% de la propiedad, no ha querido dejar el sistema de DL 600 y, por tanto, es el único que paga un impuesto de 42%. Mientras, BHP Billiton y Río Tinto, que poseen el 57,5% y 30% de la propiedad respectivamente, renunciaron a la invariabilidad tributaria, con lo cual deben pagar el royalty. “Escondida está argumentando algo que nosotros creemos que es incorrecto. Que es que basta que uno de los socios tenga invariabilidad tributaria porque paga 42% para que esta invariabilidad tributaria que lo protege de pagar el royalty se extienda al conjunto de los socios de Escondida”. Comentó que dado que esto no está en el espíritu de la ley, “todo el resto de los socios que paga 35% deben pagar royalty”. Nuevamente, el ministro explicó que cuando el Ejecutivo presentó el proyecto de ley de royalty fue rechazado por a oposición. Ante esto, “el gobierno junto con la Concertación conversó y decidimos de común acuerdo enviar una ley sustitutiva”, la cual...

Nuevo proyecto de royalty

Luego de un día de diversas conversaciones y de una reunión que duró casi dos horas con parlamentarios de la Concertación, el Gobierno anunció que modificará en los próximos días el proyecto de ley que establece un impuesto específico a la minería. El ministro de Hacienda, Nicolás Eyzaguirre, indicó a la salida de este encuentro que el Ejecutivo perfeccionará tres variables que fueron cuestionadas por los parlamentarios: la duración de la garantía de invariabilidad tributaria, que les entregará a las empresas mineras tras el nuevo impuesto; la magnitud del crédito que recibirán las compañías durante los dos primeros años de vigencia del tributo y el nivel de la tasa que se aplicará. Estos aspectos, dijo el ministro de Hacienda, deberán ser modificados de manera coherente. Eyzaguirre agregó que «vamos a jugar con estos tres parámetros, dentro de un proyecto que tenga un gravamen de un orden de magnitud similar o algo superior, pero no demasiado distinto». Señaló que con este proyecto se recaudarán US$ 140 millones al año, pero «eventualmente podemos hacer un redondeo hacia arriba». La idea del Ejecutivo es que cuando se reanuden las sesiones del Congreso, la primera semana de enero, el proyecto ya esté ingresado y pueda iniciarse de inmediato su discusión. El Gobierno aún no tiene definido el tema de la urgencia. Lo único que tiene claro Eyzaguirre es que quiere sacarlo cuanto antes, porque «no queremos hacer de este un tema de la campaña presidencial». La propuesta que el lunes el Gobierno entregó a los parlamentarios -y que éstos rechazaron- contemplaba el cobro de un impuesto específico del 5% de las utilidades operacionales para las compañías con ventas superiores a US$ 5 millones. Además, se ofrecía una invariabilidad tributaria de 15 años a las mineras y se les permitía descontar el 50% de los pagos durante los dos primeros años de vigencia del...

Consejo de Defensa utiliza tesis minoritaria de la Corte Suprema para evitar anulación de juicios tributarios

El Fisco no quiere ceder en el campo de los juicios tributarios, pese a que la Corte Suprema declarara inconstitucional –por segunda vez en dos años- el artículo 116 del Código Tributario que permite a los directores regionales del Servicio de Impuestos Internos (SII) delegar sus tareas a funcionarios subalternos para llevar estas causas en los tribunales.El fisco no dará su brazo a torcer para defender sus intereses en el campo de los juicios tributarios con los contribuyentes, luego de que la Corte Suprema declarara inconstitucional –por segunda vez en dos años- el artículo 116 del Código Tributario que permite a los directores regionales del Servicio de Impuestos Internos (SII) delegar sus tareas a funcionarios subalternos para llevar estas causas en los tribunales. Ello, debido a que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) estudia la posibilidad de presentar una nueva tesis argumental, “aprovechando el voto de minoría suscrito por seis ministros del máximo tribunal”, afirma el abogado de la entidad, Germán Ovalle. “Es posible que el Consejo (CDE) elabore otra tesis argumental que está insinuada, porque hay un voto de minoría suscrito por seis ministros que sostienen que el juez tributario no tiene la calidad realmente de juez, sino que es un funcionario administrativo que está asumiendo tal carácter y que la primera actuación propiamente judicial, o sea la primera instancia o el reclamo respecto a esta resolución del funcionario administrativo, se realiza por primera vez a la Corte de Apelaciones que sería la primera instancia en el reclamo tributario”, sostiene. Este argumento sería planteado en el momento en que un nuevo recurso de inaplicabilidad constitucional, presentado por la defensa de algún contribuyente, llegue a la Corte de Apelaciones o a la Corte Suprema. Actualmente, de acuerdo a las estimaciones del CDE, existen cerca de 2.900 juicios tributarios en tramitación que involucran un total de unos US$ 220...

Proposición Libertad y Desarrollo

Un tribunal colegiado con dedicación exclusiva a las causas tributarias es la propuesta del Instituto Libertad y Desarrollo (LyD), que comenzaron a analizar los diputados de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, para aumentar la independencia de los tribunales tributarios, que se implementarán a lo largo del país. Pensando en ello, la instancia legislativa citó para la próxima semana al director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Juan Toro, a fin de analizar las últimas indicaciones enviadas por el Ejecutivo al proyecto de ley sobre la materia. Según el diputado UDI, Gonzalo Uriarte, -miembro de la comisión- “queremos que él (Juan Toro) nos explique cómo ve el SII las críticas que se han formulado a la falta de independencia de los tribunales de la administración central”. A juicio de los legisladores, las indicaciones del gobierno no protegen la independencia de los futuros tribunales, “pues no tienen recursos propios y su calificación aún será vista por Hacienda”. De hecho, una de las mayores discrepancias con el Ejecutivo sigue siendo la ubicación de los tribunales. “No nos gusta que esto opere dentro de los servicios del SII, porque sicológicamente hay un impacto para los contribuyentes”, dijo el presidente de la Cámara Baja, Pablo Lorenzini. Para el diputado PPD, Guillermo Ceroni, es necesario “ver la posibilidad de implementar un sistema con mayor independencia, con máxima autonomía del personal, sin que el SII tenga injerencia en la conformación de las ternas y del personal mismo”. Ambos diputados coincidieron en la idea de crear un tribunal colegiado y especializado. “Tiene que haber una sala que dé garantía total de especialización desde el punto de vista de las cortes y eso lo estudiaremos en la discusión en particular para que haya tribunales tributarios realmente”, dijo Ceroni. Esto fue compartido por el diputado DC, Pedro Araya, pues “debemos avanzar hacia una jurisdicción tributaria con un...

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