Publicado en Jul 4, 2015
A raíz del caso Penta y las platas políticas, el SII ha estado en el ojo del huracán. El anterior director fue removido de su cargo, hubo acusaciones de presiones, tanto emanadas del Gobierno como de la prensa; también se le criticó al SII discriminación en las acciones penales ejercidas y filtraciones. Con el propósito de corregir esta situación y volver a ganar la confianza de la ciudadanía, recientemente el SII emitió la circular interna N° 10, en la cual se crea un Comité de Subdirectores encargado de revisar los informes legales sobre casos de delitos tributarios y definir, por un voto de mayoría, si un caso amerita o no acción penal. El director del SII deberá considerar esta «recomendación» para definir si se querella o no en caso de delito tributario. A primera vista, pareciera una buena medida, tomando en cuenta que algunos órganos fiscalizadores cuentan con comités de estas características. Sin embargo, en este caso en que la arista es penal, la situación es compleja. En el futuro la interposición de querellas por parte del SII se burocratizará y, lo que es más importante, la responsabilidad se diluirá. Lo sospechoso de esto es que ello ocurre cuando solo políticos de un sector han sido querellados por parte del SII, aunque el problema de las platas políticas afecta a todos los sectores, incluso a quienes poseen o han poseído la más alta investidura en el país. Pero eso no es todo. Hay otra innovación no solo sospechosa, sino que francamente inequitativa que se contiene en esta circular. En efecto, ahora no solo se considerará el monto del perjuicio al interés fiscal, sino que la proporción que este represente en el total de los tributos pagados. En buenas cuentas, un contribuyente que provoca un perjuicio fiscal de mil millones de pesos podrá quedar exento de persecución penal si el...
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