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Cambio en la devolución del Impuesto al Diesel

Autoridad aún no habría aclarado qué pasará con US$ 200 millones retenidos a la fecha Gobierno cambiará impuesto a diesel, pero eléctricas mantienen incertidumbre Diario Financiero Ministerio de Energía dijo que el proyecto para modificar la devolución del impuesto específico a las generadoras tendrá carácter transitorio. Medida se extendería hasta 2009. Satisfechas se encuentran las generadoras eléctricas con el anuncio del Ministerio de Energía, sobre el pronto envío de un proyecto de ley destinado a que estás compañías recuperen el impuesto específico al diesel que pagan hoy por usar el combustible para producir energía. Sin embargo, mostraron cierta preocupación porque -pese a que algunas firmas han sostenido reuniones parciales con la cartera de Estado-, aún no saben si la iniciativa incluirá la recuperación de los US$ 200 millones que desde 2006 y hasta fines de 2007 habían pagado al fisco por ese concepto, a lo que se agregaría los tres primeros meses de 2008. “No está claro cómo se recuperará lo acumulado”, dijo un alto ejecutivo del sector eléctrico que prefirió mantener su nombre en reserva. “El hecho nos preocupa porque obviamente ha afectado nuestras rentabilidades”, agregó. El ministro de Energía, Marcelo Tokman, dijo ayer al vespertino La Segunda que pretende enviar la iniciativa al Congreso durante lo que queda de la semana o los primeros días de la próxima, con una fórmula que permitiría a las generadoras recuperar con mayor facilidad las retenciones por el impuesto específico al diesel. El mecanismo ya existe para los sectores que no utilizan el combustible para transporte –como el eléctrico- por medio de la devolución a través de un descuento en el IVA del mes siguiente, pero para que alcance los montos pagados hoy por el intensivo uso del diesel las empresas deben tener utilidades muy superiores a sus costos. Sin embargo, en muchas generadoras el alto uso del combustible –debido a...

Tibio Paquete de Medidas Tributarias anuncia Hacienda

La Presidente planteó las siguietes medidas, a concretarse una vez aprobados los proyectos de ley pertinentes: 1. Rebaja a Impuesto a Combustibles: rebaja del impuesto es más de un 20 % (de 6 utm a 4,5 umt) que según las autoridades implica una rebaja de $ 50 por litro de bencina, transitorio y gradual. 2. Rebaja al Impuesto de Timbres: este beneficio que significa el adelanto de la rebaja de la tasa a 1,2 % con un costo fiscal de US$ 150 millones se compensará con la eliminación del crédito de la construcción para viviendas sobre 4.000 UF, y la gradualidad de su aplicación para aquellas entre 2.000 y 4.000 UF. Las Pymes podrán utilizar el impuesto de timbres contra su IVA, siempre que sus ventas no excedan de 100.000 UF/año. 2. Incentiva la adquisición de vehículos híbridos. Véase también: Credito de Constructoras sería...

Proyectos de Hacienda para 2008

De acuerdo a El Mercurio de hoy, durante el primer semestre el Ministerio de Hacienda priorizará, en el ámbito tributario, los proyectos de Tribunales Tributarios y de Tributación de Derivados (éste último sin información respecto de su contenido).

Fraude Tributario en Ley Navarino

El Mercurio informa en su edicion de hoy, de un supuesto fraude de $ 9.429 millones en subvenciones estatales y de $ 8.290 millones en devolución de exportaciones al instalar una planta de decolorado de jeans al aamparo de la Ley Navarino (Nº 18.392). El juicio se realiza en el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, ante el Magístrado Luis Castro y con la Fiscal Ximena Chong. El Abogado Javier Arévalo representa a Jesús Manzur Saca propietario del grupo textil Corma San Juan. El Mercurio, página c-9. Veáse también en nuestra página: Franquicias, sobre la discusión en la triangulación de ventas acogidas a la Ley...

Ley termina con la tributación de las Compensaciones Matrimoniales

Ley N° 20.239, Diario Oficial de 8 de febrero de 2008. Libera del impuesto a la renta las compensaciones económicas originadas al término de un matrimonio. Artículo 1°.- : Agrégase en el artículo 17 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974, el siguiente número 31°: 31°.- Las compensaciones económicas convenidas por los cónyuges en escritura pública, acta de avenimiento o transacción y aquellas decretadas por sentencia judicial. Artículo 2°.-La presente ley regirá desde la entrada en vigencia de la ley 19.947 que establece una nueva Ley de Matrimonio Civil. (17 de noviembre de 2004). Nota de derechotributario.cl: El carácter amplio de la redacción permitirá incluir cualquier cantidad como «compensación» entre cónyuges calificándolo como una cantidad no constitutiva de...

Regulación y Captura en la Libre Competencia.

El Tribunal de la Libre Competencia ha pasado, con su fallo, un importante y necesario rito de iniciación. Nos ha traído el cuerpo de un búfalo desde las planicies y lo ha puesto a nuestros pies Todas las tribus tienen ritos de iniciación. En la carrera militar azteca, la adultez se lograba al capturar un prisionero en batalla. Capturar cinco, por otro lado, los convertía en altivos cuauhtli (guerreros águila). Antiguamente, entre los Maasai de Africa suroriental, el paso a la categoría de guerrero se lograba con la cacería de un león u otro de los depredadores de su ganado. Hoy en día está prohibido, pero de todos modos los jóvenes deben resistir una dolorosa circuncisión a la edad adolescente y un período de soledad en las afueras de la comunidad valiéndoselas por sí solos. El resultado es el mismo: cicatrices y templanza. A los jóvenes espartanos se les enviaba a probarse a los trece años en una temporada de supervivencia en la soledad de los montes del Taigeto. Entre los Comanches, los jóvenes sólo pasaban a la categoría de bravos al cazar su primer búfalo. Hasta el día de hoy en los procesos de instrucción militar existen, de un modo u otro, ritos de iniciación e incluso en nuestra cultura tenemos una curiosa deformación de este fenómeno en la iniciación de cada año académico universitario: el infame y horrendo mechoneo. Todos los ritos de iniciación tienen un sabor a futilidad. No es realmente eficiente, en términos estáticos, someter a los jóvenes a estos procesos, no se logra nada productivo en sí mismo. Son, simplemente, partes de un proceso de selección y signaling. Los ritos de iniciación sirven para elegir entre los jóvenes a aquellos con los que se puede contar cuando las papas queman. Tienen que hacerse en situaciones gratuitas, porque, cuando hay cosas reales en juego, no...

Exigen rendición de cuentas en «Acuerdos Directos» por pérdidas tributarias.

Uno de los dilemas en la organización de los servicios públicos es cómo equilibrar adecuadamente la flexibilidad que requiere una gestión moderna con el indispensable resguardo del interés público. Los acuerdos extrajudiciales que ha alcanzado el Servicio de Impuestos Internos (SII) con diversas empresas que adquirirían sociedades con pérdidas para evitar el pago o solicitar devolución de impuestos ponen esta tensión en el tapete. En cualquier economía, la posibilidad de que una empresa con pérdidas sea adquirida está siempre abierta, pero hasta la Ley contra la Evasión, de 2001, la compra de tales empresas era una práctica que, en muchos casos, se utilizaba para reducir la carga tributaria de la compañía adquirente, más que para aprovechar sus activos o producir sinergia en el proceso productivo. Desde 2002, el SII comenzó una fiscalización de situaciones que consideró anómalas y que ha abarcado a 73 empresas. Hasta ahora se ha cerrado la investigación en 47 de ellas, lo que ha permitido, entre otros aspectos, evitar devoluciones por más de nueve mil 300 millones de pesos, y recaudar impuestos que no se habrían pagado por 33 mil millones de pesos. La legislación vigente le otorga al SII amplias facultades para realizar estas investigaciones y cerrar acuerdos que eviten largos procesos judiciales con resultados inciertos. Es razonable que dicha institución posea esas atribuciones en el caso de la fiscalización a grandes contribuyentes. De lo contrario, su eficacia podría verse afectada. En los más diversos países, los servicios de impuestos internos desarrollan sus tareas de control de esta manera. Sin embargo, esta situación abre interrogantes respecto de cómo asegurar a la ciudadanía que estos acuerdos sean realmente beneficiosos para el país. La experiencia acumulada ha ido sentando criterios que permiten al SII evaluar la conveniencia o inconveniencia de ellos. Pero el nivel de rendición de cuentas a que está sometido el servicio es más...

Congreso pone fin a Impuesto al Divorcio

Los senadores aprobaron ayer por unanimidad, y en segundo trámite constitucional, el proyecto que elimina el denominado “impuesto” al divorcio, por lo que el nuevo cuerpo legal quedó en condiciones de ser promulgado como Ley General de la República. Esto, tras la rápida tramitación legislativa que dieron los parlamentarios en el Congreso Nacional al punto que ayer sorteó la comisión de Hacienda y luego el escrutinio de los senadores en la Sala, quienes accedieron a votar inmediatamente la iniciativa, que acogió varios aspectos contenidos en las mociones elaboradas por los parlamentarios Juan Antonio Coloma (UDI) y Jaime Naranjo (PS). Este hecho que fue resaltado por la ministra del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), Laura Albornoz, al señalar que esto “significa en definitiva que quiénes lleguen a un acuerdo de compensación económica (al terminar un matrimonio) no tienen que pagar en el futuro tal como lo había interpretado, ante el vacío legal, el Servicio de Impuestos Internos (SII)”. Albornoz añadió que además resulta “positivo, no tanto por la tributación propiamente tal, sino con la valoración que se hace de una institución que fue creada en la Ley de matrimonio civil y que le asigna un aporte económico al trabajo doméstico”. Por lo mismo, precisó que harán todos los esfuerzos para que esta ley sea promulgada “lo antes posible. Nosotros teníamos la esperanza, no obstante, tiene un artículo retroactivo, y la preocupación de la presidenta es que se apruebe antes del 31 de diciembre y para que esa fecha esté publicada y entre en vigencia”. Por su parte, el senador y presidente del Partido Radical, José Antonio Gómez, valoró la ley argumentando que ahora “las rupturas en las familias van a tener un tropiezo menos, sobre todo considerando que siempre en estas materias sale perjudicada la mujer porque en general los bienes los tiene el marido”. Senadores despacharon ayer nuevo...

Proyecto de Ley para la eliminación del Impuesto al Divorcio

Proyecto original para eliminar el Impuesto al Divorcio, presentado por el Senador J. Naranjo O. el 13.11.2007. Texto Legal sugerido: Artículo único.- Agréguese un inciso segundo al art 63 de la ley 19.947, del siguiente tenor. “ Esta escritura pública o acta de avenimiento se estimará como sentencia ejecutoriada para todos los efectos legales una vez aprobada por el Tribunal que conozca del juicio de divorcio sobre el que versa la compensación acordada” A continuación, el texto completo incluído el Mensaje de la iniciativa. PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ART. 63 DE LA LEY DE MATRIMONIO CIVIL DE TAL FORMA QUE TODAS LAS TRANSACCIONES DE COMPENSACION ECONOMICA, SEAN UNA VEZ APROBADAS POR EL TRIBUNAL COMPETENTE CONSIDERADAS COMO SENTENCIA EJECUTORIADA, EVITANDO SER CONSIDERADO INGRESOS CONSTITUTIVOS DE RENTA. ——————————————————————————- CONSIDERANDO: Que la ley N° 19.947 Sobre Matrimonio Civil, en su artículo 61 y siguientes creo la institución de la compensación económica, como una manera de paliar los efectos que el divorcio produciría en el cónyugue que por haberse dedicado al ciudado de los hijos y el hogar comun no desarrolló una actividad económica independiente, de la manera que quería o podía. Que el tratamiento tributario de la compensación económica acordada entre las partes mediante transacción en juicio de divorcio al amparo del art. 63 de la ley de Matrimonio Civil significa en la práctica que sólo si la compensación económica es determinada por sentencia judicial ejecutoriada no se considerará ingreso constitutivo de renta. Que esta interpretación de la ley efectuada por el SII provocará que las personas que estén solicitando compensación económica en el juicio de divorcio optarán por rechazar la mediación o una transacción dentro del mismo juicio, provocando un colapso mayor al existente actualmente en los Tribunales de Familia, vulnerando además los principios rectores de estos Tribunales como son la conciliación y la mediación. Que en la mayoría...

«Acuerdos Directos» del SII en pérdidas tributarias

En un extenso artículo, El Mercurio se refiere a la fiscalización de sociedades con pérdida tributaria que han sido objetadas por el SII, desde 2002: Indica el diario: «…de las pérdidas invocadas por las 73 empresas, ya se han cerrado 47 casos por la vía administrativa, una especie de «acuerdo» con las compañías investigadas para que paguen los impuestos que deben o simplemente no argumenten la pérdida para pedir devoluciones.» Además el mismo diario refiere como «Caso Emblemático», el juicio en contra de «Vital», producto de la fusión de Vital S.A., filial de Embotelladora Andina con la sociedad con pérdidas Ohiggins S.A. En el 2004, el SII interpuso una querella por evasión tributaria en el 33 Jdo. del Crimen de Santiago, que se encuentra, según el diario, sobreseído por la Corte de Apelaciones con fecha 12.09.2007. Según el Diario «ambos involucrados (se refiere al SII y el contribuyente) reconocen que hubo acuerdos administrativos posteriores que involucraron la devolución de dineros por parte de la empresa privada.» A continuación el texto extractado: «El trabajo que estamos realizando es un rotundo éxito», asegura Pablo González. Esto, porque de las pérdidas invocadas por las 73 empresas, ya se han cerrado 47 casos por la vía administrativa, una especie de «acuerdo» con las compañías investigadas para que paguen los impuestos que deben o simplemente no argumenten la pérdida para pedir devoluciones. «Del total de pérdidas históricas (o pérdidas de arrastre) imputadas que superaban los $6 billones, sólo $561.885 millones, es decir, el 8,2% fueron debidamente acreditados por los contribuyentes. Esto es, el 90% fueron rechazados por la institución. Esto significa que más de $9.349 millones no se van a devolver, adicionalmente se lograron recaudar más de $33 mil millones de impuestos que las empresas no habían pagado.» «Con esto, no sólo evitó devolver más de lo previsto, sino que se ha logrado recaudar...

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