Publicado en Mar 24, 2009
Por sorpresa ha tomado a una serie de contribuyentes, que llevan su contabilidad en dólares, el hecho de que distintas direcciones regionales del Servicio de Impuestos Internos (SII) han comenzado a revocar solicitudes que apuntaban a pagar determinados impuestos en moneda extranjera. Esto, porque varias empresas buscaban acceder a la medida anunciada el 26 de marzo de 2008 por el Ministerio de Hacienda para facilitar el cumplimiento tributario en dólares y apuntalar con dicha iniciativa el debilitado tipo de cambio. Sin embargo, una resolución de noviembre del año pasado de la Dirección de Presupuestos (Dipres) cambió radicalmente el alcance del proyecto aprobado por el Congreso. ¿La razón? El gobierno limitó el pago en dólares sólo al Impuesto a la Renta, excluyendo de esta forma al Impuesto al Valor Agregado (IVA). Cambio de planes De acuerdo al director del SII, Ricardo Escobar, el organismo fiscalizador entendió inicialmente que tanto Renta como IVA podían acceder al beneficio. De hecho, explica, el SII “comenzó a habilitar los mecanismos para estos pagos en el curso del primer semestre del año pasado. Primero fue Renta y luego fue IVA a partir de julio”. Pero las cosas cambiaron. Esto, sostiene Escobar, porque “después vino la resolución de la Dipres que restringió el beneficio sólo al Impuesto a la Renta, entonces nosotros restringimos la aplicación a través de la Resolución 27 (del 25 de febrero de 2008)”. A juicio Christian Aste, socio de MAAS Abogados y Auditores Tributarios, “hay una contradicción en la determinación de la Dipres, ya que luego de aprobarse una ley, destinada a facilitar la incorporación principalmente de las empresas exportadoras al sistema, el mismo ministerio que había propiciado la modificación se retracta por la vía administrativa”. De esta forma, explica el jurista, “se deja a los contribuyentes en una situación menos confortable que antes”. Esto, explica, porque previo a esta ley existía...
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