CAPITALES DE REPATRIACIÓN PODRÁN DECLARARSE POR INTERNET

CAPITALES DE REPATRIACIÓN PODRÁN DECLARARSE POR INTERNET

A partir del próximo 1 de octubre, los contribuyentes que deseen declarar bienes o rentas que tengan en el extranjero podrán hacerlo a través del portal del Servicio de Impuestos Internos (SII). La entidad informó que se implementó esta medida dado el interés que han manifestado los usuarios que se han acogido a la norma para repatriación de capitales que contempla la reforma tributaria. La norma extraordinaria, vigente solo hasta el 31 de diciembre de 2015, permite regularizar voluntariamente estas situaciones pagando un impuesto único de 8%. Hasta la fecha se han presentado 230 declaraciones, mediante el ingreso del formulario 1920 ante la Subdirección de Fiscalización del servicio, que tiene un plazo de cinco días para emitir el giro.

Fuente: Economía y Negocios Online. 8 de septiembre de 2015.

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