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Error en Ley de Royalty: la obra y sus actores.

Un articulo separa a Escondida, la mayor minera privada del país, y al Ministerio de Hacienda. El artículo 2 transitorio de ley que impuso en 2005 un royalty de 4% a las grandes mineras, establece que ese impuesto no será cobrado a los inversionistas y las empresas receptoras que cumplan determinadas condiciones. Escondida -cuyos socios son la australiana BHP Billiton, la angloaustraliana Rio Tinto y la nipona Jeco- dice que cumple las exigencias para acogerse a esa exención. Hacienda cree lo contrario. La diferencia será dirimida probablemente en tribunales y ambas partes confían en hacer valer su posición. La cartera que dirige Nicolás Eyzaguirre dio un ultimátum esta semana y anunció que no enviará ninguna ley aclaratoria, porque, a su juicio, la interpretación es una sola: Escondida debe pagar el royalty y el accionista japonés, Jeco, dueño del 10%, que no renunció a la invariabilidad tributaria que fija una tasa tope de 42%, será respetado en sus derechos por vía administrativa. Escondida cree que aquí se está intentando torcer la letra de la ley, que dejó abierta la opción para que un inversionista no renuncie a la invariabilidad y ello extienda por sí solo la exención del royalty a Escondida. La divergencia es relevante: Cochilco estimó que si Escondida se exime, el fondo para innovación y desarrollo que se creó para utilizar los dineros del royalty se verá mermado en más de US$ 200 millones hasta el 2010. Hacienda admite que la ley presenta algunas ambigüedades en la redacción, pero aduce que Escondida intenta romper el espíritu de la norma mediante interpretaciones artificiosas. La cartera dirigida por Nicolás Eyzaguirre quiere resolver el «caso Escondida» antes del 11 de marzo y evitar traspasar esta herencia a Michelle Bachelet. Días intensos Hasta el jueves 19 de enero Escondida y Hacienda mantenían un canal de contacto por este tema. Ese nexo se...

Royalty 3: la opinión de El Mercurio

La discusión que se ha producido en relación a si corresponde o no que la compañía minera Escondida pague a contar de este año el impuesto específico a la minería que se aprobó el año pasado (royalty), ha provocado de parte de autoridades de Gobierno una reacción que puede a llegar a tener consecuencias altamente negativas. Considerando que el Estatuto a la Inversión Extranjera (DL 600) contempla que los inversionistas foráneos puedan optar a la invariabilidad tributaria, pagando a modo de compensación una tasa de impuesto a las utilidades superior a la tasa general aplicada a los inversionistas extranjeros (42% en lugar de 35%), aquellos que en su oportunidad optaron por esta vía quedaron obviamente exentos de este nuevo tributo. En el caso particular de la compañía minera Escondida, sus dos principales accionistas renunciaron a la invariabilidad tributaria en el año 2001 y, a cambio de ello, bajaron su tasa de impuesto a las utilidades a 35%. Desde esta perspectiva, dichas sociedades extranjeras sí quedarían afectas al pago de este nuevo gravamen. Sin embargo, lo que la ley señala textualmente en uno de sus artículos transitorios es que este tributo no será aplicado “ a los inversionistas extranjeros y empresas receptoras” que mantengan contratos al amparo del DL 600 y que no hayan renunciado al beneficio de la invariabilidad tributaria. Ante esta situación. Escondida ha señalado que no corresponde que la empresa pague el royalty, por cuanto a uno de sus accionistas le es aplicable lo que establece el artículo transitorio mencionado. Por su parte, el ministro de Hacienda ha señalado que la forma de resolver este incordio sería cobrándole el impuesto a Escondida, y devolviéndole por la vía administrativa la proporción del royalty que le corresponde al accionista que optó por la invariabilidad tributaria. Sin perjuicio de que lo que persiguió el legislador al redactar la ley haya...

Juicio al Impuesto a la Minería

Se ha conocido la noticia que la principal minera privada del país no pagara royalty conforme a la ley. Personeros de gobierno acusan “triquiñuelas” y “resquicios” que violan el espíritu de esta. Antes de consultar espíritus, hay que ver qué es lo que dice la ley. Además, ella obedeció a un conjunto de circunstancias que debían ser conjugadas: no solo había ganas de cobrar royalty, sino que también la necesidad de respetar contratos celebrados y derechos constituidos. Dicho de otra manera, si de espiritismo se trata, los espíritus son variados y hay que consultarlos todos. La historia larga, pero en síntesis, para que los inversionistas mineros internacionales volvieran, después que les quitamos sus yacimientos sin pagarle nasa, tuvimos que darles ciertas garantías y mediante un contrato formal. Hay varias, pero la mas conocida y la que a estado en el debate es la invariabilidad tributaria a la renta con tasa de 42 %, que consiste en el país le asegura al inversionista que en ningún caso tributara a la renta con una tasa consolidada – sumada también la empresa receptora – que exceda el porcentaje mencionado. Tiene un costo: se la tasa tributaria general es menor – hoy en Chile es 35 % – , el inversionista debe pagar la diferencia hasta llegar a 42 %. Cuando el gobierno planteo establecer un tributo especifico a la minería, que en definitiva no fue mas que un impuesto especial a la renta de las compañías mineras, tenia que hacerse cargo que su aplicación estuviera en consonancia con las garantías otorgadas. Esto que parece evidente fue particularmente necesario cuando el primer proyecto que se mando fue votado en contra por muchos parlamentarios, al grado que no obtuvo los votos suficientes para ser aprobado, entre otras razones, porque no respetaba los derechos de los inversionistas extranjeros. Así, la ley que al final de...

En busca del Royalty perdido

Golpeando todas las reparticiones ha andado esta semana el ministro de Hacienda, Nicolás Eyzaguirre, para destrabar el resquicio que dejó la ley del impuesto específico a la minería que le permitió a Escondida negarse a pagarlo. Esta negativa habría podido ser presentada por la autoridad como, “una más” de esta industria, si no fuera porque su aporte representa el 40% del nuevo fondo de innovación. Aunque primero la autoridad anunció un proyecto de ley para tapar la ventana que dejaron abierta, optó por solucionarlo vía administrativa; obligar a la minera a pagar royalty devolviendo después al socio minoritario, Jeco, su parte de este pago, ya que éste es el único que firmó a través del DL 600 la invariabilidad tributaria. Por tanto, dicen en Hacienda, los Japoneses son lo únicos que podían eximirse y no los accionistas mayoritarios: Rio Tinto y BHP Billiton. Sin embargo, expertos tributarios sostienen que el decreto ley DL 600 da para varias interpretaciones porque se puede deslizar que la invariabilidad del inversionista se extiende también a la empresa en que coloca su dinero, y ahí Escondida tendría toda la razón. Para despejar todas las dudas Hacienda envió un oficio de consulta al Servicio de Impuestos Internos (SII) esta semana para conocer su opinión. Aunque el SII declinó responder esta consulta, fuentes de La moneda admitieron que esperan una respuesta, que puede ser privada o una circular normativa pública, para el lunes. No es la primera vez que el SII reinterpreta normas. Lo hizo con una circular normativa por las dudas de las empresas de lo que podría ser considerado gasto electoral, se pronunció respecto de la tributación de los sobresueldos, el retiro de excedentes de libre disposición, y cuando el Chino Ríos preguntó si podía declarar sus impuestos en otro país, por ejemplo. También fue al comité de inversiones. Paralelamente a su consulta al...

Recaudación estimada del Royalty

El recientemente aprobado impuesto específico a la minería -o royalty- generará un ingreso aproximado de US$ 740 millones a las arcas fiscales en el quinquenio 2006-2010, según divulgó ayer la Comisión Chilena del Cobre (Cochilco). Esta cifra forma parte del total de la tributación esperada para las 10 principales co mp añías privadas del sector -que concentran el 90% de la producción privada- en el período co mp rendido entre 2005 y 2010, cuando se espera que dichas firmas paguen en total unos US$ 6.370 millones en diversos gravámenes. Sólo para este año la expectativa del organismo gubernamental apunta a una recaudación de US$ 1.440 millones, que se mantendrá más o menos constante hasta el ténnino de la década, lo que significa un incremento sustantivo respecto a lo sucedido entre 1991 y 2004, cuando el promedio anual de impuestos alcanzó a US$ 225 millones. En términos de rentabilidad, Cochilco espera un promedio de 24% y 13% sobre patrimonio y activos respectivamente. Claro que en particular para 2005 se proyecta una rentabilidad de 51,6% y 29,4% para dichos indicadores. Esto se debe al mejor precio del cobre, pero también «al período de madurez tributaria que han alcanzado las co mp añías mineras privadas, lo que significará tener menores cargos por depreciación acelerada, y a la vez, ver concluido sus fondos de pérdidas tributarias», reza el estudio de Cochilco. Sobre los precios del metal rojo, prevé que este año promediará US$ 1,35 la libra, bajando a US$ 1,20 en 2006, US$ 1,05 en 1997 y US$ 95 centavos constante de 1998 en adelante. Diario Financiero (08/07/2005) 2006-2010 Royalty generará US$ 740...

Royalty II disminuye tasa del Impuesto Adicional a inversionistas con Convenios

Mientras el Senado discute el proyecto denominado “Royalty II”, es el momento de cuestionarse cuál será la opinión de los países con los que Chile ha suscrito convenios internacionales frente a este nuevo impuesto a la renta. Se estima que la aprobación del “Royalty II”, en la forma propuesta, podría colocar a Chile en una situación de incumplimiento de sus compromisos internacionales. Chile, conjuntamente con la suscripción de los Tratados de Libre Comercio, ha avanzado eficientemente en la firma de “Convenios para Evitar la Doble Imposición” (Convenios) que establecen obligaciones y restricciones recíprocas a la facultad de los Estados de cobrar tributos a la renta. De esta manera, nuestro país ha suscrito Convenios bilaterales con Canadá, España, Reino Unido, Francia, Brasil, Noruega, Suecia, Nueva Zelandia, México, Dinamarca, Croacia, Polonia, Perú, Ecuador, Corea del Sur, Rusia y Malasia. En todos los convenios señalados, el gobierno chileno se ha comprometido a no alterar su sistema integrado de tributación. El sistema integrado de tributación consiste en que el Impuesto de Primera Categoría pagado por la empresa es completamente deducible, se resta o descuenta, del impuesto personal que corresponderá pagar a sus dueños o socios (Global Complementario o Adicional). Así, en los Convenios antes indicados, se consagra que el impuesto a la renta pagado por la empresa debe ser completamente deducible del impuesto de los dueños o socios de dicha empresa, residentes de un país con quien se ha suscrito un Convenio. Sin embargo, en el caso del proyecto de “Royalty II”, se modifica el sistema integrado de tributación, dado que el tributo especifico que se crea no es deducible en contra del impuesto que afecta al dueño o socio por las utilidades que recibe. Sobre el particular, es importante destacar que nuestro país ha sido crítico frente a las infracciones internacionales, como ha ocurrido en los casos de los salmones, del gas...

Royalty II llega al Senado

Estrategia de las mineras ya no es evitar el impuesto sino que mejorar su imagen. Faltan 24 horas para que el polémico proyecto de impuestos específicos a la minería, más conocido como royalty II, empiece a cumplir su trámite más complejo: el Senado. Y los parlamentarios lo esperan con ansias y no precisamente para aprobarlo con prontitud. Por un lado en el conglomerado de Gobierno las cosas no serán fáciles. A las ya polémicas y públicas divisiones entre los senadores de la DC, se agregan las distintas posiciones de parlamentarios del PS y PPD. Si bien todos coinciden en que el proyecto debe ser aprobado, asomarán los fantasmas de la Cámara de Diputados. Las famosas indicaciones que apuntan a no afectar a la mediana minería y la reasignación de los recursos para favorecer más aún a las regiones mineras serán el centro de la discusión. En tanto, en la Alianza por Chile las posiciones son diversas. Si bien a nivel parlamentario coinciden en que éste es un impuesto discriminatorio, muchos de los senadores aprobarán ciertos artículos relacionados mayormente con la invariabilidad tributaria de las mineras. Pero, tal como reconocen en el propio Gobierno, aunque la derecha rechazara el 100% de los artículos, si la Concertación actúa como bloque, el proyecto será aprobado de todas formas que es lo que busca el Ejecutivo. Así, si se sigue la cronología fijada por el Gobierno, el Presidente Lagos deberá entregar el 21 de mayo en su cuent a anual ante el Congreso el proyecto de royalty 2 aprobado y listo para ponerse en marcha durante 2006. Campañas Y aunque la mayoría de los parlamentarios oficialistas asegura que tiene reparos, lo cierto es que de todas formas el fondo del proyecto será aprobado. Y eso las mineras y los gremios del sector lo saben. Por un lado están resignados. Aseguran que el proyecto...

Estudio Royalty en Perú

Exposición sobre el Royalty en Perú elaborado por el Ministerio de Hacienda...

Royalty II: nuevas indicaciones de fiscalizacion

Con nuevo royalty, gobierno pone cortapisas a firmas que quieran eludir pago del tributo Evitar que las e mp resas reduzcan “ficticiamente” su margen operacional a menos de 8% para quedar exentos del pago del royalty; nuevas facultades para el Servicio de I mp uestos Internos (SII) y la reducción de 15 a 12 años del beneficio de invariabilidad tributaria, son los tres grandes cambios que se introdujeron en forma de indicación al proyecto de ley, que establece un nuevo tributo específico al sector minero. El miércoles en la tarde ingresó al Parlamento el conjunto de indicaciones que fue acordada entre el Ejecutivo –representados por los ministros de Hacienda y Minería, Alfonso Dulanto- y los diputados oficialistas de las respectivas comisiones. Si bien se mantiene la esencia del proyecto como es que se le cobrará un i mp uesto adicional de 5% a los nuevos proyectos mineros y aquellas e mp resas que se mantengan en el régimen de invariabilidad tributaria; y de 4% para las firmas que renuncien a este sistema, también se especifican nuevos temas. Es así como se establece que “cuando, al cierre del ejercicio respectivo, la relación entre la renta i mp onible operacional y los ingresos totales obtenidos de la venta de productos mineros del explotador minero, sea inferior a un 8%, la tasa del i mp uesto a que se refiere el inciso precedente se multiplicará por la fracción que resulte de dividir dicha relación por 8%”. Esto último i mp lica que si una e mp resa registra un margen operacional, por eje mp lo, de 4% se dividirá por el 8% y ese resultado, a su vez se divide por el 5% fijado como royalty, por tanto, dicha co mp añía tendrá que pagar un i mp uesto de 2,5%. Fiscalización Respecto del SII, se especifica la entrega de una nueva...

Error en Ley de Royalty permite a Escondida evitar pago

El ministro de Hacienda, Nicolás Eyzaguirre, ratificó ayer que si Escondida no accede a pagar el royalty, el gobierno podría enviar otra ley para hacer cumplir el tributo minero. De acuerdo al secretario de Estado, “todo el resto de los socios que paga 35% deben pagar royalty. Así se lo hemos expresado a Escondida, ellos quedaron en contestar”. Por ello, señaló que “si la respuesta que yo espero es afirmativa, se entiende que ellos deben pagar royalty, el problema llega hasta ahí. Si es negativa, nosotros entendemos que la ley es clara respecto de que deben pagar royalty, pero para mayor ahondamiento deberíamos enviar otra ley que lo hiciera aún más claro”. Eyzaguirre explicó que existe una equivocación en los argumentos que dan los socios de la minera para no pagar el royalty. Y es que uno de sus accionistas, Jeco Corporation, que tiene el 12,5% de la propiedad, no ha querido dejar el sistema de DL 600 y, por tanto, es el único que paga un impuesto de 42%. Mientras, BHP Billiton y Río Tinto, que poseen el 57,5% y 30% de la propiedad respectivamente, renunciaron a la invariabilidad tributaria, con lo cual deben pagar el royalty. “Escondida está argumentando algo que nosotros creemos que es incorrecto. Que es que basta que uno de los socios tenga invariabilidad tributaria porque paga 42% para que esta invariabilidad tributaria que lo protege de pagar el royalty se extienda al conjunto de los socios de Escondida”. Comentó que dado que esto no está en el espíritu de la ley, “todo el resto de los socios que paga 35% deben pagar royalty”. Nuevamente, el ministro explicó que cuando el Ejecutivo presentó el proyecto de ley de royalty fue rechazado por a oposición. Ante esto, “el gobierno junto con la Concertación conversó y decidimos de común acuerdo enviar una ley sustitutiva”, la cual...

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